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El Tribunal Supremo ha absuelto a un joven que fue condenado a ocho años de prisión por abusar sexualmente de una menor en Santa Cruz de Tenerife, ante las distintas versiones y las relevantes contradicciones ofrecidas por la chica de unos hechos que no denunció hasta pasados seis meses.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que estima el recurso de un hombre y anula así la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que había confirmado otra de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife por un delito de abusos sexuales a menor de 16 años.

Este tribunal le condenó a ocho años de prisión por abusar sexualmente de la menor a la que había invitado junto a una amiga y otro amigo el 20 de julio de 2017 a ir a su casa, donde iba a dar un fiesta, que no se produjo.

La Audiencia consideró probado que en un momento dado el joven, de 23 años, empezó a galantear con la menor, de 15 años, hasta que abusó sexualmente de ella, amenazándola con no contar nada.

El TSJ de Canarias confirmó esta versión pero no así el Supremo, que ha absuelto al joven al entender que "la declaración de la menor ha incurrido en contradicciones y lagunas de notoria relevancia".

En su primera declaración policial, dijo que estaba medio atontada porque la habían dado algo de beber y que el chico le dio masajes para que se relajara y luego tuvo la relación sexual no consentida.

La segunda versión, ya en fase de instrucción, manifestó también que se sentía mal, que estuvieron sentados en la cama, aunque no recordaba muy bien, y que no sabía cómo pero se encontró encima de él y ya después la penetró en contra de su voluntad.

Por contra, en el juicio su versión fue sensiblemente diferente. Dijo que él la cogió y la tiró sobre la cama y se abalanzó encima de ella para quitarla la ropa mientras la agarraba, para luego agredirla sexualmente con fuerza.

A ello se suma el testimonio de su amiga, que señaló que la menor le comentó que el joven le había dado un masaje y no que hubiera sido víctima de abusos, lo que confirmaría la versión del acusado que dijo que no tuvo relación sexual sino que dio un masaje.

La Sala destaca, además, que "denunció los hechos seis meses después de ocurridos" con "una versión confusa y muy diferente de la que prestó posteriormente en el juicio oral" en el que ofreció "un relato lleno de lagunas y divergencias" que "no es prueba suficiente" para considerar culpable al acusado.

Es más, dice que "el tribunal debió dudar" porque "no es admisible fundar la resolución en una especie de acto de fe incondicionado en la veracidad de la versión de quien se dice víctima, por repugnante que sea el hecho denunciado".

Por todo ello, el Supremo determina que no queda probado que el acusado abusara sexualmente de la menor. 




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