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  • El jurado popular en su veredicto, leído esta mañana, considera que Rodrigo L. H. es culpable de haber causado intencionadamente lesiones a Victorino L. con resultado no buscado de muerte

En la última sesión del juicio por el denominado “caso de los tirantes,” celebrada esta mañana en la Audiencia Provincial de Zaragoza, el jurado popular, formado por cinco mujeres y cuatro hombres, ha considerado en su veredicto que el acusado, Rodrigo L. H., es culpable de haber causado intencionadamente lesiones a Victorino L. con resultado no buscado de muerte. 

Los miembros del jurado no consideran probado que el acusado, Rodrigo, actuara movido por el ánimo de causarle la muerte a Victorino, ni que las marcas que este tenía en el pecho fueran compatibles con las patadas que Rodrigo le dio, al igual que tampoco consideran probado que las marcas en las manos de Rodrigo fueran compatibles con las lesiones que Victorino presentaba en su cara. 

El jurado si considera probado por unanimidad que en la conversación que mantuvieron en el bar “El tocadiscos”, Rodrigo llamó facha y fascista a Victorino y que le dijo que ese era un barrio antifascista y que no querían nazis en él, pero no consideran acreditado que durante la conversación Rodrigo hiciera alusión a los tirantes que llevaba Victorino. 

Consideran probado, por unanimidad, que Rodrigo y sus amigos se dirigieron a la puerta de salida, con la intención de marcharse siendo seguidos por Victorino sin que se dijeran palabra alguna. No consideran acreditado que, en la puerta del bar, ambos mantuvieran un enfrentamiento verbal, pero sí que Victorino entró de nuevo en el local y que Rodrigo volvió a entrar rápidamente de nuevo en el interior y que le asestara un golpe seco por detrás en la cabeza. 

Por unanimidad consideran probado que como consecuencia del golpe recibido Victorino cayó al suelo desplomado, quedando inconsciente, y una vez en el suelo Rodrigo le dio una patada en la cara y le propinó puñetazos en la cabeza y múltiples golpes, tras lo cual salió del local y se marchó. 

Unánimemente consideran que cuando Victorino estaba en el suelo, aún vivo e inmóvil, Rodrigo le propinó innecesariamente golpes que aumentaron, deliberada e inhumanamente su dolor, pero no consideran probado que los golpes sufridos por Victorino contribuyesen a su muerte cuatro días después.  

Considera el jurado unánimemente que las distintas bebidas alcohólicas que Rodrigo había consumido no le afectaron a su capacidad de darse cuenta de lo que hacía y de querer hacerlo y que no sufrió estado de pánico. Entienden también los nueve miembros que existió provocación por ambas partes. 

El jurado considera que no debe concederse a Rodrigo L.H. el beneficio de suspensión condicional de la condena y que no debe proponerse el indulto total o parcial de la pena que se le imponga.




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