JUC


No toda expresión de enfado es una amenaza punible, y los tribunales dedican la mayor parte del esfuerzo en estos procedimientos a situar el caso a un lado u otro de esa línea. Esta guía explica la diferencia entre amenazas condicionales y no condicionales, el régimen de penas de los artículos 169 a 171, el criterio de gravedad que aplica la jurisprudencia y los problemas propios de las amenazas enviadas por mensaje.

El delito de amenazas castiga anunciar a otra persona un mal grave. Se denuncia con más frecuencia de lo que suele pensarse, sobre todo en conflictos vecinales, disputas laborales y mensajes enviados por WhatsApp o redes sociales.

Este artículo explica qué convierte una expresión de enfado en una amenaza punible, qué penas se imponen y dónde se concentra habitualmente la defensa.

VER POST