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En un caso emblemático que ha marcado un precedente en la lucha por los derechos de los pensionistas, las herederas de un cliente de Unive Abogados, residente en Bilbao y jubilado, han alcanzado una victoria de gran relevancia al reclamar con éxito el derecho al complemento de maternidad que había generado su familiar fallecido. 

Este derecho, amparado por el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), ha sido finalmente reconocido por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del País Vasco, que ha confirmado de manera definitiva el derecho de las herederas a recibir retroactivamente dicho complemento en la pensión desde su inicio el 9 de enero de 2017.

El camino hacia esta victoria no estuvo exento de obstáculos. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) inicialmente negó el complemento, invocando argumentos de prescripción tanto en primera instancia como en segunda. La situación se complicó aún más tras el fallecimiento del cliente el 6 de enero de 2023, pero el procedimiento continuó en nombre de sus herederas, demostrando la perseverancia y la determinación en la búsqueda de justicia.

La sentencia de segunda instancia, emitida por la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco, desestimó íntegramente el recurso de suplicación presentado por el INSS, declarando la imprescriptibilidad del derecho al complemento conforme al artículo 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS). Este fallo no solo representa una victoria para las herederas, sino que también establece un importante precedente para los herederos de pensionistas fallecidos.

El importe total que recibirán las herederas asciende a aproximadamente 6.440,70€, calculado desde el momento en que se accedió a la pensión y ajustado al 5% por tener dos hijos, hasta la fecha del fallecimiento del cliente. Este resultado es un testimonio del impacto positivo que puede tener la lucha legal en la reivindicación de derechos.

Diego Lahuerta, director de Unive Abogados Bilbao, ha ofrecido su perspectiva sobre esta sentencia trascendental, destacándola como una oportunidad significativa para aquellos que buscan hacer valer los derechos de los fallecidos. Lahuerta enfatizó que, en la actualidad, solo aquellos que se atreven a presentar reclamaciones tienen verdaderas oportunidades de obtener tanto el complemento como una compensación por discriminación. Este caso subraya la importancia crucial del asesoramiento profesional para garantizar el éxito en estas reclamaciones.

Es fundamental destacar que la posibilidad de reclamar el complemento por maternidad está abierta a quienes cumplan con los requisitos establecidos, incluyendo haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y ser padres de dos o más hijos. Además, desde febrero de 2021, la normativa vigente podría estar infringiendo la legislación europea al dificultar injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres, independientemente de si son padres de uno o más hijos, abriendo así la puerta a nuevas reclamaciones.




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