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Siempre he pensado que una de las cosas más tontas que hacemos, mejor dicho, que nos hacen hacer en la jurisdicción social, son las actas de conciliación ó similares (diligencias de constancia ó actas de comparecencia), en procedimientos en los que no es preceptiva ni obligatoria la conciliación, tal es el caso, por ejemplo, de los juicios en materia de Seguridad Social. Y la cosa es que para variar, no todos los Juzgados funcionan igual que es algo que también cuesta de entender porque se supone que todos se rigen por la misma Ley Procesal. De este modo, unos te hacen firmar actas de conciliación para dejar claro que no se concilia un pleito que por ley no se puede conciliar, otros te hacen firmar actas de comparecencia para dejar constancia de los que hemos comparecido al juicio, en otros, es el Letrado de la Administración de Justicia que en uso de la fe publica redacta una diligencia en el mismo sentido pero la firma él o ella solito o solita y finalmente están los que no hacen ni hacen hacer nada de todo lo anterior y tras ser identificados por el funcionario de que se trate, nos hacen entrar en Sala directamente.

Personalmente siempre he pensado que los únicos que lo hacen bien son estos últimos, puesto que desde que se graban las vistas en video quedamos todos los asistentes debidamente “retratados” siendo más que suficiente la imagen grabada del careto y del cuerpo serrano de cada uno/una, para que no exista duda alguna de que ahí estábamos.

Y como nunca he entendido a los que nos hacen hacer estas “otras” cosas, actas y diligencias, menos me cabe en la cabeza que con motivo de la huelga de los LAJ’S que se está llevando a cabo estos días, se estén suspendiendo juicios porque al estar el LAJ de huelga no es posible firmar las actas, las diligencias y demás zarandajas de esta índole. La cosa es que se suspenden los juicios por no poderse hacer este cúmulo de trámites absolutamente estériles e innecesarios que dependen precisamente del LAJ. No se suspenden porque no pueda celebrarse el juicio, que para ello nos bastamos el Juez, las partes… y el video, ese que por cierto casi nunca está colgado en la nube, cuando debería.

Y por favor, que no me vengan con el cuento de que el artículo tal de la Ley no se qué dice no sé cuantos, porque si unos pueden, es señal de que los otros, también.




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