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  • Las estenosis laríngeas y traqueales son un estrechamiento patológico de la vía aérea de una o de varias regiones de la laringe (supraglótica, glótica o subglótica) y/o de la tráquea cervical o torácica.
  • Provocan una disnea ruidosa (estridor) y/o disfonía. La estenosis subglótica es un estrechamiento de la tráquea en el área justo debajo de las cuerdas vocales.
  • ver sentencia

Los síntomas de la estenosis subglótica pueden incluir:

  • Dificultad respiratoria o falta de aliento, que puede ocurrir con o sin actividad
  • Ruido agudo oído durante la respiración: estridor 
  • Tos persistente, tos perruna  
  • Ronquidos 
  • Aumento de flema

Las dificultades respiratorias pueden empeorar con el tiempo, al principio la respiración solo puede ser difícil durante la actividad física, sin embargo, a medida que la patología progresa también puede tener dificultad para respirar durante el reposo.

El centro Tribunal Médico recientemente ha tramitado la reclamación de una incapacidad permanente absoluta a administrativa que padece de ésta patología.

La trabajadora, de 54 años de edad, desarrollaba la profesión habitual de administrativa. Fue en 2017 cuando se le reconoció una incapacidad permanente en grado de total por padecimiento de Estenosis Subglotica con múltiples intervenciones quirúrgicas, cardectomía (extirpación de una cuerda vocal por la presencia de una lesión generalmente tumoral), Intervención de Pearson y laringofisura con colocación de Tubo T de Montgomery durante 4 meses. A causa de ello la trabajadora padece de limitación funcional presentando disnea ante leves y moderados esfuerzos, disfonía y fatiga vocal.

Al año, ante la solicitud de revisión de su grado de Incapacidad Permanente Total, el Equipo de Valoraciones de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social ha determinado no revisar el grado de Incapacidad Permanente reconocido por entender que las secuelas que presentaba constituían el mismo grado de Incapacidad Permanente Total  para su profesión habitual de administrativa.

Lo cierto es que, al momento de la revisión, la trabajadora padecía de todas las patologías y limitaciones anteriormente mencionadas con agravamiento a causa de patología inflamatoria crónica a nivel de la vía aérea principal, lo que le provoca una significativa e invalidante patología de su voz con disfonía severa crónica e imposibilidad de sobre esfuerzos vocales, presentando, además, diversos episodios de reagudización, con claro empeoramiento de la clínica disneica, obligando a causar múltiples ingresos para realizar tratamiento endovenoso e inhalatorio.

Una vez ante el juez del juzgado de lo social Nº07 de Barcelona los profesionales de nuestro centro médico jurídico han expuesto que: “dicho agravamiento viene motivado, fundamentalmente, por un empeoramiento de la clínica disneica a causa de las diversas y frecuentes reagudizaciones de la enfermedad respiratoria que presenta la actora […] provocándole una severa reducción funcional que supone la abolición o completa anulación de su capacidad de trabajo, de modo que su estado actual ha de quedar subsumido en la situación protegida por la prestación de Incapacidad Permanente en grado de Absoluta para toda profesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194,5 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, Real Decreto Legislativo 8/2015” […]

Si bien en dichos informes se indica que, actualmente, la actora no precisa traqueostomía, su dificultad respiratoria residual y crónica le condiciona una vida sedentaria, sin tolerancia a esfuerzos leves, presentando, además, una voz fugada, fonastenia y tono de voz muy bajo , lo que la limita también para el sobresfuerzo vocal, dado que le provocan sensación disneica. Dicha disnea es lo que le ha causado múltiples ingresos para realizar tratamiento endovenoso e inhalatorio.

Los profesionales jurídicos de nuestro centro sostienen que, en conclusión, “debe admitirse también que dicho empeoramiento clínico lo ha sido hasta el punto de abolir la capacidad de trabajo de la actora, en la medida en que actualmente presenta una disnea a leves o mínimos esfuerzos, a diferencia de lo que ocurría a tiempo de serle reconocida la prestación de incapacidad permanente en grado de total para su profesión habitual en el año 2017, cuando presentaba una disnea a leves-moderados esfuerzos que todavía podía permitirle desarrollar algún trabajo de tipo liviano y sedentario".

Finalmente, el juez declaró a la trabajadora en situación de Incapacidad Permanente Absoluta para toda profesión, derivada de la contingencia enfermedad común, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social a estar y pasar por los efectos de dicha declaración y al abono de las prestaciones correspondientes según base reguladora. 




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