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Barcelona, 3 abr (EFE).- La aseguradora del Institut Català de la Salut (ICS) indemnizará a un paciente de 46 años con 230.000 euros después de que fuera sometido en 2014 a una cirugía por una hernia discal, que le dejó como secuela incontinencia y falta de control del esfínter.

El acuerdo al que han llegado el ICS y la representación del paciente ejercida por la letrada Matilde Barrabés, de los servicios jurídicos de la asociación 'El Defensor del Paciente' de Cataluña, obliga a pagar al paciente esa cantidad, lo que supone el reconocimiento de las secuelas ocasionadas por la asistencia sanitaria.

El auto de homologación del pacto, de diciembre de 2023, obligó a la aseguradora a depositar el dinero en la cuenta del juzgado en el plazo de 20 días hábiles y, una vez consignado, la letrada tuvo que presentar un escrito para traspasar la cuantía al afectado, que finalmente se ha hecho efectivo este mes de marzo.

Según explica este miércoles 'El Defensor del Paciente', el hombre presentaba una lumbocitalgia por hernia discal L5-21 por la que decidiron en el año 2014, tras otros tratamientos fallidos, someterlo a una cirugía (discectomía L5-S1) en un hospital de la provincia de Barcelona.

En el posoperatorio inmediato, el paciente refirió una pérdida de sensibilidad, con incontinencia urinaria y ausencia de contracción del esfínter anal, por lo que se instauró tratamiento médico rehabilitador con seguimiento psicológico.

El escrito de demanda sostenía la falta de pericia de los facultativos durante la cirugía, al lesionar una raíz nerviosa por la tracción excesiva sobre el saco dural, así como una falta de medios al no identificar ni subsanar, en el acto quirúrgico, la lesión nerviosa que ha provocado que esta sea irreversible.

En un comunicado, la asociación detalla que las partes han alcanzado un acuerdo indemnizatorio en virtud del cual el paciente deberá ser indemnizado con 230.000 euros.

Por su parte, la presidenta de la asociación, Carmen Flores, ha puesto énfasis en la necesidad de "denunciar cualquier actuación contraria a la lex artis que sufran los pacientes porque es la forma de que cambien las cosas".

"En este caso se produjo un error fatal con gravísimas secuelas para el afectado que, al menos, a través de este acuerdo, ha conseguido que la parte contraria reconozca el daño ocasionado", ha sostenido.




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