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El Juzgado de Primera Instancia 3 de Granada ha retirado a un hombre la patria potestad de su hijo de 8 años por la "nula preocupación" mostrada hacia el menor y ha suspendido de manera cautelar el régimen de visitas.

Según el auto del juzgado, al que ha tenido acceso EFE, la resolución atiende al interés del menor y se enmarca en la separación de sus padres.

La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que tienen los padres biológicos sobre los hijos menores de edad e incluyen "velar por ellos, tenerlos en su compañía", alimentarlos o educarlos.

En esta causa, que ha adelantado el periódico Ideal de Granada, la "nula preocupación por el menor" del padre ha justificado que le sea retirada la patria potestad que compartía con la madre, que la ejercerá de manera exclusiva por ser "la única que se preocupa de él".

Junto a la pérdida de la patria potestad, la titular del Juzgado de Primera Instancia 3 ha acordado la suspensión del derecho de visitas por el "desafecto" del padre.

La medida cautelar se enmarca en el incumplimiento sistemático del régimen de visitas acordado para el padre, que dejó de visitar al menor poco después de separarse de la madre.




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