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En reclamador.es recibimos cientos de consultas y reclamaciones de pasajeros aéreos que han sufrido incidencias en sus vuelos. Entre ellas, una consulta reciente a nuestros abogados expertos en reclamaciones aéreas fue si puede la aerolínea vetar a un pasajero. En otras palabras, si puede cancelar billetes comprados por un incidente en un vuelo del pasado o denegar el embarque por este motivo. Y, de ser afirmativa la respuesta, qué derechos tiene el viajero que ha sufrido el veto de la aerolínea.

Hay que distinguir en primer lugar estos supuestos de la denegación de embarque como consecuencia de overbooking (en cuyo supuesto la compañía está obligada a reubicar al pasajero en el vuelo más cercano en el tiempo y a asistirle durante el intervalo en que se ha quedado en tierra y puede viajar, además de compensarle económicamente) y estos supuestos en que la denegación se produce como una “sanción” al pasajero que en el pasado causó problemas a la aerolínea. 

Hablamos, por lo tanto, de “las listas negras” y el derecho de admisión de las aerolíneas. Normalmente cuando la compañía se da cuenta de que un pasajero conflictivo ha vuelto a adquirir billetes, le reembolsa el dinero sin más explicación y lo anula. Pero en otras ocasiones no lo hace y el viajero tendrá derecho a solicitar el reembolso íntegro del coste del billete cancelado. Y esto sin perjuicio de la posibilidad de que el pasajero pueda reclamar una indemnización puesto que se le tendrá que justificar la causa de la denegación Por ello, en reclamador.es entendemos que siempre es fundamental que abogados expertos en transporte aéreo estudien el caso y analicen la viabilidad de una posible reclamación a la aerolínea. 

Derecho de admisión de las aerolíneas -derecho a denegar el embarque-

En el condicionado del contrato de transporte, las aerolíneas enumeran los motivos por los que pueden denegar el embarque a un cliente o impedir volar incluso ya adquiridos los billetes. Así, por ejemplo, las compañías aéreas indican que podrán denegar el embarque por la conducta del pasajero. Son frecuentes las cláusulas que advierten sobre la denegación cuando el viajero presenta evidentes síntomas de embriaguez o una conducta agresiva con la tripulación o el resto de los pasajeros. En el post de "denegaciones de embarque no reclamables" explicamos los casos más frecuentes y que, al tratarse de situaciones donde ya se ha embarcado o están previstas en el clausulado, no hay derecho al reembolso del billete

Pese a que cada aerolínea tiene sus propias políticas de derecho de admisión de pasajeros, lo cierto es que todas tienen en su condicionado diferentes motivos de denegación de embarque a sus clientes.




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