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Los contratos de alquiler pueden incluir avalistas de los inquilinos. Te contamos los pormenores.

En los contratos de arrendamiento el arrendador, a efectos de garantizar por parte del arrendatario el cumplimiento de sus obligaciones, puede pedir incluir en el mismo la figura de un avalista o fiador que responderá en caso de incumplimiento por parte del arrendatario. Así se establece en el Art. 36.5 de la Ley de Arrendamientos Urbanos cuando prevé expresamente que “las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico”.

Cómo debe aparecer el avalista en el contrato

En el contrato de arrendamiento debe especificarse de qué obligaciones responderá el avalista o fiador, si solo deberá responder en caso de impago de las rentas o si se hace extensivo a otras cantidades asimiladas e incluso frente a los daños que puedan ocasionarse en el inmueble. Puede limitarse el importe frente al que responde, los conceptos y su duración, debiéndose especificar si debe responder durante toda la vigencia del contrato o se incluyen también sus prorrogas.

En caso de no establecerse limitación en el contrato de arrendamiento, se entenderá que el avalista responde frente a todas las obligaciones contraídas en el contrato por parte del arrendatario.

Derechos del avalista

El avalista o fiador tiene derechos que puede oponer frente al arrendador:

  • Derecho de orden
    El arrendador primero dirigirse al arrendatario para exigir el cumplimiento de sus obligaciones y solo después podrá dirigirse contra el avalista.
  • Beneficio de excusión
    Mediante el que se obliga al arrendador a dirigirse primero contra los bienes del arrendatario y solo en caso de no disponer o no cubrir la cantidad reclamada, poder embargar los bienes del avalista.
  • Derecho de división
    En caso de que haya varios fiadores, la deuda se reparte entre todos en partes iguales o de acuerdo con los porcentajes que se establezcan, salvo que se haya pactado la solidaridad entre ellos.

El avalista podrá hacer valer estos derechos si no ha renunciado de forma expresa a los mismos en el contrato de arrendamiento, en tal caso se podrá dirigir el arrendador directamente contra el avalista y sus bienes sin necesidad de hacerlo previamente contra el arrendatario.

Avalista y seguro de alquiler

Si vas a contratar un seguro de Alquiler, debes saber que en las pólizas de ARAG Alquiler se admite la posibilidad de incluir un avalista si solamente con el inquilino no se puede aprobar el estudio de solvencia. Para que pueda emitirse la póliza, el avalista deberá ser Avalista Personal y Solidario del contrato de alquiler y constar como tal en el contrato de arrendamiento.




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