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El Código Civil es un texto legal que recoge de manera sistemática y ordenada el conjunto de normas legales de derecho privado aplicable a las relaciones entre las personas. Se aprobó por Real Decreto de 24 de julio de 1889 y, aunque ha sido objeto de modificaciones de muchos aspectos, mantiene su esencia originaria del Derecho Romano. Asimismo, recoge las ideas predominantes de la época en la que se promulgó y reconoce como básico el derecho de propiedad, entre otras cuestiones.

Es una de las normas más importantes y prestigiosas de nuestro ordenamiento jurídico y se aplica en todo el territorio español. Sin embargo, en las comunidades autónomas con derecho propio, el Código Civil interviene en lo no regulado por dichas comunidades. En este texto se regulan fundamentalmente las relaciones civiles entre las personas naturales, principalmente, ya que las regulaciones de las personas jurídicas y relaciones mercantiles se encuentran en otros códigos.

Contenido y temas del Código Civil

El Código Civil reglamenta no solo instituciones del derecho civil, sino que también contiene otras normas aplicables a todas las materias jurídicas, por lo que puede ser considerado como derecho común. Así sucede con el Título Preliminar ya que aborda las reglas generales para la aplicación de las leyes y los efectos de estas.

Además, es supletorio de otras leyes tanto de derecho privado como de derecho público. Lo que se traduce en que engloba y recoge numerosas materias, como la nacionalidad, ciudadanía, matrimonio, divorcios, fallecimiento, herencias, etc.

Estructura del Código Civil

El Código Civil español contiene 1.976 artículos, una disposición final y varias disposiciones transitorias y finales. Los artículos están organizados en un título preliminar y cuatro libros:

  1. Título preliminar. De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia: recoge las fuentes del derecho, normas de derecho internacional privado y la coexistencia con los derechos forales.
  2. Libro primero. De las personas: trata principalmente del matrimonio, la filiación, los alimentos entre parientes, las relaciones entre padres e hijos, las medidas de apoyo a las personas con discapacidad, la emancipación…
  3. Libro segundo. De los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones: se regula, entre otras cosas, la comunidad de bienes, el usufructo, las servidumbres, etc.
  4. Libro tercero. De los diferentes modos de adquirir la propiedad: donación, sucesiones.
  5. Libro cuarto. De las obligaciones y contratos: donde se recoge lo relativo al régimen económico matrimonial, la compraventa, permuta, mandato, préstamo, depósito, fianza, prenda, hipoteca, responsabilidad extracontractual, prelación de créditos o prescripción.

María Asunción Santos | Abogada de Legálitas




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