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Bruselas, 25 may (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves la obligatoriedad de realizar una evaluación de impacto ambiental de cualquier proyecto de urbanización con independencia de su tamaño.

En su sentencia, el TJUE subrayó que el Derecho de la Unión se opone a que se fijen umbrales en un nivel tal que, en la práctica, la totalidad o casi totalidad de los proyectos de un determinado tipo quede de antemano excluida de la obligación de realizar una evaluación de impacto ambiental.

La corte, con sede en Luxemburgo, se expresó así con relación a una cuestión prejudicial de un tribunal austríaco sobre un proyecto urbanístico que se sitúa en la zona central del lugar declarado Patrimonio de la Humanidad por la Unesco y denominado "Centro histórico de Viena".

El proyecto consiste en reordenar el lugar correspondiente mediante la demolición del actual hotel InterContinental y la construcción de varios edificios nuevos para uso hotelero, comercial, de conferencias, de eventos, residencial y de oficinas, así como una pista de hielo subterránea, un gimnasio subterráneo con piscina y un aparcamiento subterráneo. En total, la superficie construida bruta sería de 89.000 metros cuadrados.

La empresa promotora WertInvest Hotelbetrieb solicitó a la ciudad de Viena la concesión de una licencia de obras para el proyecto, bautizado "Heumarkt Neu", y ante la falta de respuesta interpuso una reclamación ante el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo para obtener el visto bueno.

El principal argumento de la empresa es que, según el derecho austríaco, el proyecto no necesita evaluación de impacto ambiental al quedar fuera de los umbrales y criterios establecidos de al menos 15 hectáreas y más de 150.000 metros cuadrados de superficie construida bruta.

Mediante su sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia responde que la directiva europea sobre la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente se opone a una normativa nacional como la citada, ya que no tiene en cuenta la naturaleza o la localización del proyecto.

Si, como ocurre en este litigio, se sitúa en el espacio central de un lugar incluido en el Patrimonio de la Humanidad de la Unesco, el criterio relativo a la localización de los proyectos resulta "especialmente pertinente", según el TJUE.

Y añade que en un entorno urbano el espacio es limitado, por lo que los umbrales de ocupación citados son tan elevados que, en la práctica, la mayoría de los proyectos de urbanización están de antemano excluidos de la obligación de realizar una evaluación de impacto ambiental.

Por ello, el TJUE pide al tribunal austríaco competente que aprecie si la totalidad o la casi totalidad de los proyectos correspondientes queda de antemano excluida de esta obligación, lo que, en principio, no sería compatible con la directiva europea.

Por otro lado, señala que la directiva se opone a que se concedan licencias de obras para proyectos individuales de construcción que se inscriban en el marco de proyectos de urbanización más amplios antes de que se lleve a cabo una evaluación de impacto ambiental.




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