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  • Los Colegios de Abogados de la Comunidad Valenciana afirman que el derecho de defensa letrada es un derecho fundamental que debe prestarse con total garantía tanto para los abogados y abogadas como para los defendidos
  • Algunos Colegios ya se pusieron en contacto con los centros de detención el día 11 de marzo, para señalar la necesidad de medios materiales adecuados
  • Se exige para los letrados de guardia de presos y detenidos, extranjería, víctimas de violencia y asistencia al menor, los medios adecuados, tales como mascarillas, guantes y geles desinfectantes

El Consejo Valenciano de Colegios de Abogados, entidad que reúne los ocho colegios de abogados de la Comunidad Valenciana, ha exigido a la Consellería de Justicia a través de un escrito, los medios materiales a fin de poder atender adecuadamente y con unos mínimos niveles de seguridad, la declarada pandemia COVID-19.

El CVCA ya conoció el ofrecimiento realizado por esta Conselleria de dichos medios, y varios Colegios se pusieron en contacto con los centros de detención el pasado día 11 de marzo, para señalar la necesidad de proveer de los medios materiales adecuados, a lo que respondieron que se habían solicitado y se estaba a la espera de su recepción.
El punto 2 de la Disposición Adicional Segunda del borrador de Real Decreto que debe declarar la situación de alarma señala que “En el orden jurisdiccional penal la interrupción no se aplicará a las actuaciones encomendadas a los servicios de guardia, a las actuaciones con detenido, a las órdenes de protección, a las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria y a cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer o menores.”

Ante este hecho, el CVCA, garantiza la prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita y no hace sino reconocer que “el derecho de defensa letrada es un derecho fundamental que debe ser garantizado por un Estado social y democrático de Derecho y que el mismo es prestado como Servicio Público a través de los Colegios de Abogados y de los letrados adecuados”. La Abogacía Valenciana también afirma que, “siendo que el ejercicio de dicho derecho fundamental debe poder prestarse en unas condiciones aceptables que no pongan en peligro la situación de aquellos abogados y abogadas que lo prestan y que, de no ser así, el propio ejercicio del derecho fundamental se resentiría.

LOS COLEGIOS DE ABOGADOS EXIGEN

Que se pongan a disposición de los letrados de guardia de presos y detenidos, extranjería, víctimas de violencia y asistencia al menor los medios adecuados, tales como mascarillas, guantes y geles desinfectantes. Tanto a los propios letrados como a las personas con las que deban interactuar en el seno de los distintos lugares a los que deben acudir para posibilitar el ejercicio de dicho derecho fundamental, siendo que de no hacerse de este modo dicho derecho podría ponerse en peligro”.

Por último, el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados, pide que esta actuación se haga con carácter inmediato y que, en todo caso, se remita con urgencia a los Colegios de Abogados de toda la Comunidad, la planificación que se tiene a este respecto.




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