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La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha lanzado una campaña de avisos para recordar a las empresas la obligación de presentar la comunicación previa del Modelo 231, relativa a la declaración de información país por país (Country-by-Country Report). El recordatorio llega en un momento clave, ya que el 31 de diciembre marca el cierre del ejercicio fiscal para la mayoría de entidades, lo que convierte estas semanas en decisivas para evitar incumplimientos y posibles sanciones.

¿Quién debe presentar esta comunicación?

La obligación afecta a las entidades que formen parte de un Grupo Multinacional cuya cifra de negocios consolidada haya sido igual o superior a 750 millones de euros en el ejercicio anterior. En concreto, deben cumplir con este trámite:

  • Las sociedades residentes en España.

  • Los establecimientos permanentes en España de entidades no residentes.

¿En qué consiste la comunicación previa?

De acuerdo con el artículo 13.1 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, las entidades españolas pertenecientes a estos grandes grupos deben informar a la AEAT sobre qué entidad del grupo presentará el informe país por país y en qué jurisdicción fiscal lo hará.

El plazo para presentar esta comunicación coincide con el final del período impositivo. Para aquellas entidades cuyo ejercicio fiscal coincide con el año natural, la fecha límite es el 31 de diciembre de 2025.

Coordinación con la matriz del grupo

Para determinar si la entidad está obligada a presentar el Modelo 231, es imprescindible coordinarse con la matriz del grupo, ya que la información necesaria suele gestionarse a nivel global. Entre las verificaciones clave se encuentran:

  • Confirmar si el grupo supera el umbral de 750 millones de euros de cifra de negocios consolidada.

  • Identificar qué entidad será la informante del Country-by-Country Report y su país de residencia fiscal.

  • Trasladar esta información a nivel local para poder presentar la comunicación previa ante la AEAT dentro del plazo.

Conclusión

No presentar la comunicación previa del Modelo 231 —o hacerlo fuera de plazo— puede derivar en infracciones tributarias. Por ello, es recomendable contar con un asesor local que conozca en profundidad la normativa española y pueda garantizar el cumplimiento adecuado de esta obligación formal.

Desde TPS by Auxadi, el equipo queda a disposición de las empresas para analizar si están sujetas a esta obligación y, en su caso, gestionar la presentación telemática del Modelo 231 una vez recibida la información necesaria de la matriz del grupo.

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