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El próximo 3 de abril marca el inicio de la campaña para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2023, comúnmente conocida como "Declaración de la Renta". Esta fecha señala el período en el cual los ciudadanos residentes en España deben presentar su declaración de impuestos, reflejando los ingresos obtenidos durante el año y considerando diversas circunstancias personales y familiares.

Según USO, uno de los principales sindicatos en España, la renta se compone de varios elementos, incluyendo:

  1. Rendimientos del trabajo: sueldos, salarios, prestaciones por desempleo o pensiones.
  2. Rendimientos del capital inmobiliario y mobiliario.
  3. Rendimientos de actividades económicas como artesanía, agricultura, y profesiones liberales, entre otros.
  4. Ganancias y pérdidas patrimoniales.
  5. Imputaciones de renta establecidas por ley.

Es importante destacar que existe un mínimo personal y familiar exento de tributación, destinado a cubrir necesidades vitales de la persona y sus dependientes.

¿Quiénes están obligados a realizar la declaración?

  • Aquellos que hayan tenido un solo pagador y hayan ingresado menos de 22.000 euros en 2023 no están obligados a declarar.
  • Sin embargo, sí deben presentarla aquellos que hayan recibido ingresos superiores a 22.000 euros de un solo pagador o más de 15.000 euros de varios pagadores.
  • También están obligados los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y los trabajadores autónomos.

Mínimo exento

El mínimo exento para la declaración de la renta se ha incrementado para equipararse al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Según USO, de los 15.000 euros proyectados, pasará a ser de 15.876 euros en 2024, en línea con el SMI. Esto afectará al cálculo de las retenciones de IRPF, eximiendo a los beneficiarios del SMI de retenciones a cuenta de la renta.

¿Cómo desgravarse la cuota del sindicato?

USO recuerda que la cuota abonada al sindicato es deducible. Basta con incluir el importe anual de la cuota pagada en 2023 en la casilla 0014 (Cuotas satisfechas a sindicatos), dentro del apartado de Rendimientos del Trabajo.

Deducción por maternidad y gastos de guardería

Además, en esta nueva campaña de la renta se amplía la deducción por maternidad a las madres en desempleo o dadas de alta en la Seguridad Social después del nacimiento, siempre y cuando hayan cotizado al menos 30 días antes o después del mismo. También se podrán deducir los gastos de guardería, permitiendo a las mujeres con hijos menores de 3 años incrementar la deducción por maternidad hasta en 1.000 euros adicionales por gastos de custodia en guarderías o centros educativos.

Fechas clave de la campaña de la renta 2023

  • Presentación por internet: 3 de abril – 1 de julio
  • La Agencia Tributaria comienza a hacer la declaración de la renta por teléfono: 7 de mayo – 1 de julio.
  • Atención presencial de la Agencia Tributaria para confeccionar la declaración: 3 de junio – 1 de julio



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