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  • El Tribunal Supremo ha condenado a un usuario de Facebook por vulneración al honor por no borrar comentarios publicados por terceros en su muro y le condena a pagar 3.000 euros a sus vecinos, contra quienes se referían las calificaciones.

El Pleno del alto tribunal entiende que debía haber actuado de forma diligente ante esas reacciones: “No puede desentenderse sin más de lo que se publica en su perfil por otros usuarios”, dice la sentencia.

El hombre criticó en FB a sus vecinos, contra los que había tenido un litigio por una obra. Otras personas comentaron su publicación, profiriendo insultos, como “basura”, “ratas”, “gentuza”, contra esos vecinos e incluso les amenazaron con frases como “yo los liquido y acabo antes” o “contrata a un matón”, según el fallo.

El usuario no solo no borró los comentarios, sino que agradeció las intervenciones y a la única persona que pidió moderación la bloqueó.

“Es suficientemente grave para llegar a una sanción de este tipo y que lo haya juzgado el Pleno”, afirma el abogado defensor de los afectados, José López Balado, quien cree que esta sentencia será aplicable a todas las redes sociales. “Deben estar limpias de actuaciones de acoso, deprecio y calumnia. Si das soporte a estas opiniones, te conviertes en una especie de `autor mediato´ porque si no actúas, incumples ese deber, convirtiéndote en responsable de los daños y perjuicios. Y más cuando eres conocedor y consciente de su existencia, porque ya ha habido denuncias previas” agrega.

A juicio del letrado, “el usuario tiene la responsabilidad civil que le obliga, ejercitando su poder de control, a su borrado inmediato”. El fallo condena a eliminar todos los comentarios del muro, a publicar íntegramente la sentencia en la red y a asumir el pago de los intereses y las costas.

Para el abogado, esta sentencia marca un antes y un después y advierte que hay que tener en cuenta los comentarios de los demás para que no se vuelvan en contra. “Y más lo que se publica en las redes sociales, que hoy día, son el primer o segundo medio de comunicación. Es publicidad directa que llega a los usuarios y puede tener más repercusión que lo dicho en la televisión o los diarios”, añade.




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