La seguridad de la información y la protección de datos: un reto que ya no admite excusas
De la confidencialidad a la privacidad algorítmica en el sector legal
Alfonso Corral, CEO de Conversia
En el sector legal, la protección de la información ha dejado de estar sujeta a conceptos como el secreto profesional y los acuerdos de confidencialidad para adentrarse en un nuevo terreno dominado por la privacidad apoyada en la tecnología y los algoritmos. Esta nueva realidad obliga a repensar responsabilidades, garantías y límites en la salvaguarda de uno de los pilares esenciales de la privacidad: la confianza. Los datos personales ya no se gestionan de forma aislada; circulan por plataformas en la nube, herramientas de gestión, proveedores tecnológicos y sistemas de IA que prometen eficiencia y reducción de costes. Pero esta nueva cadena de valor también amplía los riesgos hacia más dependencias externas, más puntos de acceso y, por tanto, mayor exposición a ciberataques y robo de datos.
Una cuestión que no es baladí, ya que normativas como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) configuran un modelo de responsabilidad en el que las organizaciones que tratan información de terceros deben garantizar que cuentan con medidas técnicas y organizativas adecuadas para protegerla. Esta exigencia, que es prioritaria para las grandes empresas, requiere de una especial atención en el caso de las pymes y personas trabajadoras autónomas, pues un fallo en la seguridad de la información no solo puede derivar en sanciones económicas difíciles de asumir, sino también en responsabilidades contractuales y, en determinados casos, en un riesgo cierto para la continuidad del negocio.
El perímetro de protección de la información ya no es estático ni fácilmente delimitable. Los datos personales circulan a través de múltiples sistemas, entornos cloud, herramientas colaborativas y servicios de terceros; generan registros de actividad, metadatos, copias de respaldo y, en determinados contextos, pueden integrarse en procesos de analítica avanzada o modelos de inteligencia artificial.
La adopción creciente de tecnologías como la inteligencia artificial, el Internet de las Cosas y los entornos de trabajo remoto ha intensificado esta complejidad. El resultado es un ecosistema digital distribuido, dinámico y altamente interconectado que exige superar los modelos tradicionales de seguridad perimetral.
En este contexto, el enfoque adecuado no puede ser meramente reactivo. Es imprescindible adoptar modelos de gobernanza basados en la gestión integral del riesgo, incorporando medidas técnicas y organizativas desde la fase de diseño del tratamiento y aplicando de forma efectiva los principios de privacy by design y security by design, en coherencia con los artículos 25 y 32 del RGPD.
Desde nuestra experiencia como consultora legaltech especializada en cumplimiento normativo, sabemos que el riesgo ya no está solo en incumplir la normativa, sino en no tener una visión real de cómo, dónde y por quién se tratan los datos. La protección de datos se ha convertido en una cuestión de gobernanza, no de mero cumplimiento formal.
A este escenario se añade la creciente sofisticación de los ciberataques dirigidos al ecosistema empresarial en su conjunto. El foco ya no se limita a la organización como sujeto aislado, sino que se desplaza hacia su cadena de suministro digital. Proveedores de servicios cloud, desarrolladores de software, plataformas compartidas o partners tecnológicos se convierten en vectores de entrada. Una única vulnerabilidad en un entorno compartido puede comprometer simultáneamente la información de decenas o cientos de entidades, generando un riesgo sistémico.
Paralelamente, la adopción informal o no gobernada de herramientas de inteligencia artificial, sin evaluación previa de riesgos, sin base jurídica clara o sin garantías contractuales adecuadas, incrementa la exposición a accesos no autorizados, transferencias internacionales no controladas o tratamientos incompatibles con la finalidad inicial.
En este contexto emerge el concepto de privacidad algorítmica como evolución natural del principio de responsabilidad proactiva. No se trata únicamente de proteger datos, sino de gobernar los entornos tecnológicos que los procesan. Esto implica reforzar la diligencia en la selección y supervisión de proveedores, incorporar cláusulas contractuales exigentes en materia de seguridad y confidencialidad, establecer políticas internas claras sobre el uso de herramientas digitales, formar de manera continuada a los profesionales y diseñar soluciones tecnológicas bajo un enfoque de seguridad y privacidad desde el origen.
Estos protocolos de actuación no deben entenderse como un coste añadido, sino como una decisión estratégica a largo plazo. En un entorno de ciberamenazas crecientes, extender la privacidad al plano algorítmico es, cada vez más, una condición indispensable para la sostenibilidad, continuidad y la competitividad del sector legal.
En conclusión, la protección de datos y la seguridad de la información no son barreras para la innovación, sino garantías para un desarrollo digital sostenible y competitivo. Las organizaciones que actúan desde la responsabilidad proactiva no solo cumplen la normativa, sino que refuerzan su reputación y la confianza de clientes, usuarios y socios. En un entorno donde la información es un activo crítico y la protección de datos un derecho fundamental, su seguridad es una obligación que no admite demora.
