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Pamplona, 08 may (EFE).- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de un hombre que había sido condenado en primera instancia por un delito de abuso sexual cometido durante los Sanfermines de 2019.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ya revocó la condena de 4 años de prisión impuesta en diciembre de 2020 por la Sección Primera de la Audiencia de Navarra por un delito de abuso sexual, y absolvió al acusado al considerar que cesó en la relación sexual en el momento en que la denunciante explicitó su rechazo en el transcurso de la misma.

Los hechos denunciados se produjeron la madrugada el 7 de julio de 2019 en Pamplona. El procesado conoció en un bar del Casco Viejo a la denunciante, que se había trasladado en compañía de una amiga hasta la capital navarra para celebrar los Sanfermines.

Más tarde se trasladaron a otro bar, donde "también estuvieron charlando, bailando, bebiendo, llegando a abrazarse y besarse en algún momento".

Sobre las 1.30 horas, "y al haber entablado amistad", el acusado les ofreció poder acudir a una vivienda que había utilizado y de la que disponía llaves para descansar, lo cual fue aceptado por la denunciante y su amiga, "sin que conste con certeza que fuera esta la única finalidad que inspiró tal ofrecimiento y su aceptación".

Los tres se trasladaron hasta esa vivienda, situada en Iturrama. Una vez allí, los tres se dirigieron a una habitación que tenía una cama de matrimonio. La amiga de la denunciante se tumbó en la cama, y esta se acostó a su lado, a su izquierda, puesto que "se encontraban cansadas al haber estado todo el día de fiesta y haber bebido".

A continuación, proseguía el TSJN en su relato, el inculpado también se tumbó. Se puso al lado derecho de la querellante y "le acarició", momento en el que la amiga, que se cayó o se tiró al suelo, abandonó la habitación para acostarse en otro cuarto.

Entonces, el encausado se puso encima de la mujer y mantuvo relaciones sexuales completas con ella. En el transcurso de las mismas, "el acusado le puso la mano en el cuello y cogió la mano" de ella y le dijo que le pegara. En ese momento, ella sintió "miedo" y reaccionó respondiéndole "esto no puede ser". Acto seguido se puso a llorar. "El acusado le pidió que no llorase y se apartó, cesando la relación", describió el Tribunal.

Entonces la mujer "se levantó, se vistió, fue a buscar a su amiga y salieron ambas del piso", no sin antes entregar el inculpado a la denunciante una cartera que se iban a dejar olvidada en el piso. La querellante "no comentó nada de lo sucedido a su amiga hasta pasados dos días en que le remitió un whatsapp".

El Supremo considera ahora que no queda probado que la denunciante no consintiera la relación sexual antes de que se produjera y explica que la versión del denunciado tiene la misma credibilidad.




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