Victor Sunkel, abogado penalista Socio director de Sunkel & Paz
Puede que la película Michael Clayton no sea una obra maestra, pero desde luego resulta muy interesante y, sobre todo, muy útil para comprender los comportamientos alternativos que, frente al descubrimiento de una contingencia penal en el seno de una corporación empresarial, pueden adoptar sus asesores legales.
Los personajes interpretados por George Clooney -el abogado externo Michael Clayton- y Tilda Swinton -la consejera jurídica Karen Crowder, papel que le valió un Oscar- reflejan con bastante acierto dos estrategias muy distintas ante una misma situación: la aparición de un problema legal potencialmente devastador para la empresa.
Es cierto que el caso planteado en la ficción resulta particularmente dramático. En la película, una gran compañía agroquímica se enfrenta a la posible responsabilidad derivada de la comercialización de un producto tóxico que habría causado graves daños a numerosas personas. Pero, aun siendo extremo, el supuesto no es tan ajeno a la realidad empresarial como podría parecer a primera vista.
En el mundo real, las sociedades mercantiles pueden verse expuestas -a veces sin haberlo previsto o incluso sin haber actuado con voluntad deliberada- a situaciones que encajan dentro de las categorías del derecho penal. Delitos contra la Hacienda pública, contra la Seguridad Social, contra los derechos de los trabajadores o contra el mercado y los consumidores forman parte, desde hace años, del paisaje jurídico de la empresa contemporánea. La progresiva consolidación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas ha hecho que estas situaciones dejen de ser meras contingencias administrativas o reputacionales para convertirse, en determinados casos, en auténticos problemas penales para la organización.
Cuando en el seno de una compañía surge la sospecha de que algo así puede haber ocurrido, el asesor jurídico pasa a ocupar una posición especialmente delicada. De su criterio puede depender no solo la estrategia jurídica de la empresa, sino también el modo en que la organización decida afrontar un riesgo que, en determinadas circunstancias, puede tener consecuencias penales muy serias.
Y es precisamente en ese momento cuando aparece una cuestión incómoda: ¿hasta dónde llega realmente el asesoramiento legal?
Porque, dependiendo de cómo se gestione la situación, el asesor puede encontrarse ante una frontera particularmente delicada. Una cosa es analizar jurídicamente los hechos, evaluar los riesgos y aconsejar a la empresa sobre las posibles vías de actuación y otra muy distinta es implicarse activamente en estrategias destinadas a ocultar la irregularidad o a evitar que la información llegue a quienes deberían conocerla.
La jurisprudencia ha advertido en diversas ocasiones de esa diferencia. El Tribunal Supremo ha recordado que el profesional que, con conocimiento de la irregularidad, se integra activamente en una estrategia orientada a ocultar o prolongar una conducta ilícita puede terminar respondiendo penalmente junto a quienes adoptaron la decisión empresarial. El asesor jurídico no responde por el mero hecho de prestar consejo, pero la situación cambia cuando su actuación se convierte en una pieza relevante del engranaje que permite mantener o encubrir la infracción.
El tránsito entre ambas posiciones puede ser mucho más sutil de lo que parece. En muchas ocasiones, cuando surge un problema potencialmente penal dentro de una organización, la primera reacción consiste en intentar comprender qué ha sucedido, delimitar responsabilidades internas o ganar tiempo para valorar el alcance real de los hechos. Ese proceso es legítimo y, en muchos casos, necesario. Sin embargo, en determinados contextos la línea que separa el análisis jurídico de la participación en la estrategia empresarial puede empezar a difuminarse.
La cuestión adquiere aún mayor complejidad en el actual entorno de cumplimiento normativo. Los programas de compliance han generalizado la existencia de sistemas internos capaces de detectar irregularidades: auditorías internas, canales de denuncia o mecanismos de investigación corporativa. El propio legislador ha reforzado en los últimos años estos instrumentos, promoviendo la existencia de canales de información y estableciendo medidas de protección para quienes comunican posibles infracciones.
Pero esa arquitectura normativa plantea una pregunta inevitable: ¿qué debe hacer la empresa -y, en particular, su asesor jurídico- cuando el propio sistema interno revela la posible existencia de un delito? En ese momento, el asesor deja de moverse únicamente en el terreno de la interpretación jurídica y pasa a situarse en un espacio mucho más delicado, en el que confluyen intereses empresariales, riesgos reputacionales y posibles responsabilidades penales.
No es extraño que, en ese contexto, surjan presiones -explícitas o implícitas- para manejar la situación de la forma más discreta posible.
Es ahí donde el contraste entre los dos personajes de Michael Clayton adquiere verdadero sentido. El perfil representado por Karen Crowder refleja la tentación de gestionar el problema como una amenaza que debe neutralizarse a toda costa.
El abogado interpretado por George Clooney encarna, en cambio, una actitud distinta: la de quien comprende que el asesoramiento jurídico no consiste en proteger a la empresa frente a la ley, sino en evitar que la empresa termine enfrentándose a consecuencias todavía más graves.
En la práctica profesional, esa diferencia puede parecer difusa. Los asesores jurídicos trabajan a menudo bajo la presión de quienes toman decisiones empresariales, gestionando situaciones complejas en las que confluyen factores económicos, reputacionales y legales. Sin embargo, conviene no perder de vista que el asesor no es un simple ejecutor de estrategias corporativas. Su función consiste, precisamente, en señalar los límites que el Derecho impone a esas estrategias.
Quizá por eso la película de Tony Gilroy sigue resultando tan sugerente casi dos décadas después de su estreno. Porque, más allá del argumento cinematográfico, plantea una pregunta que cualquier abogado de empresa debería hacerse alguna vez: cuando una organización descubre que ha cruzado una línea, ¿cuál debe ser realmente el papel de su asesor jurídico?
Al fin y al cabo, el mayor riesgo para un abogado no suele consistir en interpretar incorrectamente una norma, sino en olvidar cuál es su verdadera función cuando la empresa descubre que ha cruzado una línea.