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Lo primero de todo es saber que cuando no tenemos un mínimo de base informativa sobre el funcionamiento de las marcas y su registro, corremos un riesgo que a lo mejor pone en peligro el futuro de la los servicios y productos que queremos identificar con esta marca. Porque a lo mejor vamos a invertir todo el tiempo de nuestra empresa a trabajar con una Marca que igual, en el futuro, por haber sido mal protegida (aunque tengamos un registro válido) nos va a suponer que no hemos protegido bien los servicios o productos que queríamos proteger, en las clases de Niza que tocaba, identificando de forma precisa y clara esos productos o servicios, etc.

Cuando cometamos un error como el que comento en el párrafo anterior, puede que competidores y terceros con mala fe nos puedan arruinar la existencia, complicar la venta en el mercado o cualquier cosa similar.

Examen de oficio por la OEPM para los requisitos de la Marca

Por eso, la Oficina Española de Marcas y Patentes ya hace por su propia cuenta un primer examen de Requisitos formales de la solicitud. Una vez pasado el examen de información dada con la marca del solicitante o solicitantes, se procede al examen de requisitos de los artículos 1, 2, 3, 4 y 5.2 del Reglamento para la Ejecución de la Ley 17/2001 de Marcas.

Nota1: Si hasta aquí ya se te ha hecho pesado o piensas que es más complejo de lo que parecía o como lo pintaban en internet, enhorabuena, eso quiere decir que has entendido la complejidad que tiene registrar una marca bien, y hacerlo con la idea de que en el futuro la marca pueda tener un valor superior al de un solo papel registrado.

Seguimos, si del examen de la solicitud resulta que no cumple los requisitos se nos notificará para subsanar los defectos. Habrá 1 mes para subsanarlos. El tiempo vuela por lo que no recomiendo dejarlo para el último momento, porque luego o no se tiene la información y documentos a mano, o no tenemos como escanearlos, o incluso lo que nos piden para subsanar nos va a llevar un par de días de investigación online

1 mes para subsanar el Suspenso de Forma

Si no se subsanan los defectos se tiene por desistida la solicitud, es decir, no se registra la marca.

Algunos de los motivos de defectos pueden ser la falta de pago de la tasa (necesario, no es gratis registrar una marca).

Cuando solo se pague la tasa para la primera clase de productos o servicios y no de las siguientes, es decir, tarifa básica y no los suplementos de tarifas para más clases de Niza (servicios o productos), tendremos el problema de que la Oficina rechazará el registro en las demás clases.

Estos pueden ser algunos de los defectos de forma que veremos cuando no sepamos registrar nuestra marca, algo que se puede solucionar contratando los servicios de un profesional que nos garantice un procedimiento sin problemas en las formalidades, y por supuesto, nos pueda asesorar sobre la viabilidad del registro de una marca.

Recomendaciones para evitar suspensos en el Registro de tu Marca:

  1. Si eres una empresa y tu día a día es trabajar en varios asuntos, controlar agenda, clientes y demás actividades propias de un negocio en crecimiento o consolidado, es mejor que contrates a un profesional que conozca del funcionamiento del derecho de marcas y que sea tu Representante en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Se encargará de los registros, notificaciones, subsanaciones y todos los problemas que puedan surgir con esta administración pública.
  2. Destinar horas y esfuerzos a una acción en la que no somos expertos o que nos puede dejar con la duda de haber hecho las cosas mal, provocará una sensación de insatisfacción y preocupación que no compensa el ahorro de dinero (si es que puedes llamar ahorro a lo que te supone un exceso de inversión de tiempo para aprender a cómo se hace y cómo se gestiona a nivel básico). Es importante aprender a hacer cosas del negocio, pero esas cosas tienen que ser las que realmente aportan valor real a nuestra empresa o son tareas que se repitan en la rutina. Registrar una marca o cualquier derecho de propiedad industrial, de forma puntual o por primera y única vez en la empresa, realmente no tiene sentido que sea aprendido por el empresario. No tendrás que repetirlo en el futuro y tu tiempo puede valer más para tu empresa si lo destinas a acciones productivas.
  3. Cuando elijas a un representante, pregunta primero su formación en propiedad intelectual e industrial, si tiene experiencia con registros que haya hecho falta defender y sobre todo, que te asegure qué haréis si el registro da problemas o la Oficina notifica un suspenso de forma o fondo. Es importante que no cambies de representantes o que al menos, intentes que todo se haga bien desde el principio. Lo mejor es contar con un abogado especializado en la materia o un agente de la propiedad industrial. Estos segundos pueden no dedicarse a la defensa de marcas en procedimientos, pero han acreditado su formación como agentes de propiedad industrial ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.

 




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