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España ratificó la Carta Social Europea en el 2021, documento que podrí estar siendo vulnerando al permitir el fraude colectivo de los trabajadores interinos (CEDS)

  • El sindicato ha interpuesto una reclamación colectiva dirigida por la abogada experta en derecho administrativo, Beatriz González

   
 
Beatriz González, abogada referente en derecho administrativo y defensa del colectivo, se está encargando de esta reclamación europea  ( Imagen cedida por la autora
 
     

La Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas de la CGT, FETAP-CGT, ha interpuesto una reclamación colectiva ante el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa (CEDS) contra el Reino de España, al amparo del procedimiento previsto en la Carta Social Europea revisada y en el Protocolo Adicional de 1995.

La reclamación ha sido registrada por el Consejo de Europa con el número 261/2026, bajo la denominación Federación Estatal de Trabajadoras de la Administración Pública, FETAP-CGT, contra España. El Comité ha dado traslado al Gobierno español y ha fijado el 7 de julio de 2026 como plazo para que presente sus observaciones escritas sobre la reclamación.

La acción ha sido impulsada por FETAP-CGT y dirigida jurídicamente por la abogada Beatriz González, dentro de la estrategia de defensa internacional del personal temporal e interino del sector público afectado por situaciones prolongadas de abuso en la contratación temporal.

La reclamación sostiene que España mantiene un sistema normativo y jurisprudencial que no garantiza de forma efectiva la estabilidad en el empleo público temporal, no establece una reparación adecuada frente al cese o despido de quienes han prestado servicios durante años en situación abusiva y genera una situación de discriminación indirecta por razón de sexo, al afectar de forma mayoritaria a mujeres en sectores esenciales de las Administraciones Públicas.

En concreto, FETAP-CGT denuncia la posible vulneración de tres preceptos de la Carta Social Europea revisada. En primer lugar, el artículo 1.1, relativo al derecho al trabajo y a la obligación de los Estados de promover el mantenimiento de un nivel elevado y estable de empleo. En segundo lugar, el artículo 20, referido al derecho a la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y profesión, sin discriminación por razón de sexo. En tercer lugar, el artículo 24.b), que reconoce el derecho de las personas trabajadoras despedidas sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada.

Un fraude de ley evidente

La reclamación parte de una realidad especialmente grave en el empleo público español donde personas que han prestado servicios durante 10, 20 o incluso 30 años cubriendo necesidades estructurales de las Administraciones Públicas pueden ser cesadas sin que exista una medida efectiva de estabilidad ni, en muchos casos, indemnización alguna. La situación resulta particularmente intensa en el caso del personal funcionario interino, cuyo cese se produce sin derecho a compensación, y también afecta al personal laboral temporal, cuya protección se considera insuficiente o limitada.

FETAP-CGT sostiene que la Ley 20/2021 no ha corregido esta situación de forma adecuada. La reclamación expone que los procesos de estabilización, las compensaciones tasadas de veinte días por año con límites máximos y el régimen abstracto de responsabilidades administrativas no constituyen una respuesta proporcionada, efectiva y disuasoria frente al abuso de temporalidad en el sector público. También se subraya que estas medidas no reparan a quienes ya se encontraban en abuso estructural antes de la reforma ni garantizan una protección real frente al cese.

La reclamación solicita al Comité Europeo de Derechos Sociales que declare que España incumple sus obligaciones derivadas de la Carta Social Europea revisada por no garantizar de forma efectiva la estabilidad en el empleo, por no establecer una indemnización adecuada u otra reparación apropiada frente al cese o despido del personal temporal abusado y por mantener una situación de discriminación indirecta por razón de sexo en el empleo público temporal.

Asimismo, se solicita que el Comité recuerde que las obligaciones asumidas por España al ratificar la Carta Social Europea afectan a todos los poderes públicos, incluidos el legislativo, el ejecutivo y el judicial, y que el Estado debe adoptar medidas reales, eficaces y medibles para garantizar los derechos sociales reconocidos en la Carta.

Para FETAP-CGT, esta reclamación colectiva constituye un hito en la defensa de los derechos del personal temporal e interino del sector público en el marco jurídico de la Unión Europea. La Federación considera que la situación española no puede seguir abordándose como un problema individual o aislado, sino como una cuestión estructural que afecta a la calidad del empleo público, a la continuidad de los servicios públicos y a la protección efectiva de los derechos sociales reconocidos en el ámbito europeo.

Otra medida de presión

En declaraciones a este medio, Beatriz González, abogada experta en derecho administrativo que gestiona esta reclamación, reconoce que esta vía de la Carta Social Europea es otra forma de meter presión al Gobierno español. Esta jurista es consciente que el procedimiento de infracción abierto al reino de España desde la Comisión Europea va lento “lo que hacemos es abrir otra vía para defender los derechos del colectivo de trabajadores temporales en fraude de ley. En este caso creemos que hay una vulneración clara de la Carta Social Europea!:

Esta jurista nos aclara que nuestro país ha ratificado esa Carta Social Europea el 17 de mayo del 2021, Entonces, en esa carta se le otorgan una serie de derechos a los ciudadanos y España no los está cumpliendo. Y, sin embargo, la Comisión Europea no tiene potestad en cuanto a la vulneración de la Carta Social Europea, La Comisión Europea sí que tiene potestad en cuanto a la Directiva 29-70 de Trabajo Temporal y a la jurisprudencia del tejo, por supuesto. González recuerda como CCOO y UGT han invocado la Carta Social para pedir indemnizaciones por despidos más elevados pero que esta reclamación sea la primera en relación el abuso de los interinos.

Sobre la reclamación nos indica que se ha destacado el porcentaje de mujeres en fraude de ley a nivel de temporalidad “Esta en un 65,62 de este colectivo en fraude de ley, frente al 34,38 de los hombres. Además muchas de ellas son mayores de 50 años, como hemos puesto siempre de manifiesto. Lo principal es que al vulnerar la Carta Social Europea se rompe el derecho a la estabilidad en un trabajo. El Estado debería de luchar por dar estabilidad a sus trabajadores. Luego, pues, lo que te digo, que no existe esta discriminación. Y luego, que también es muy importante, y lo estamos viendo ahora, que si existen esos ceses no pueden ser sin ningún tipo de indemnización.

España no cumple con la Carta Social Europea

Al final de lo que se trata es de reforzar la presión sobre el Reino de Espaa y sus incumplimientos, ya conocidos en materia de temporalidad. “SE incumple reiteradamente , con la Carta Social Europea, con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y, por supuesto, con la directiva 1999/70 de estabilidad en el empleo. Es una medida de presión distinta a la de la Comisión y creemos que en seis o siete meses pueda haber un dictamen sobre esta cuestión “.

En esa resolución se quiere conseguir que se confirme que la legislación o la práctica española vulnera la Carta, se diste una decisión sobre el fondo declarando que no es conforme a la actuación. Y después, además, se puede intervenir por parte del Comité de Ministros del Consejo de Europa para que se adopte una resolución o una recomendación dirigida al Estado de España en el procedimiento y que se reclame que se actúe conforme lo establecido en la Carta. Entonces, no es una sentencia. Eso obligaría al Estado español a dar explicaciones sobre este tema”.

Al mismo tiempo una resolución a favor del sindicato supondría para esta jurista que pudiera ser utilizada en procedimientos judiciales internos, además como un argumento muy válido y refuerza todas las reclamaciones colectivas, sindicales y políticas que se están haciendo. Eso es algo bastante interesante. En principio sobre este tema el Gobierno de España tiene hasta el 7 de julio para presentar alegaciones, Con lo cual ese dictamen podemos tenerlo para finales del 2026 o principios del 2027.

FETAP-CGT informará de los próximos avances del procedimiento ante el Comité Europeo de Derechos Sociales y continuará impulsando las acciones necesarias para que el Estado español adopte medidas efectivas frente al abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas.