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Bolaños se reunió con las dos asociaciones lideres de este colectivo,  En la imagen con representantes de la Asociacion Pro Dignidad    (Ministerio de Justicia)

  • La Asociación de Jueces Concepción Arenal y La Asociación Prodignidad se reunieron con Bolaños para avanzar en el  Proyecto de Estabilización de los Jueces Sustitutos

El pasado martes, 2 de diciembre, representantes de la Asociación de Jueces Concepción Arenal y de la Asociación Prodignidad mantuvieron una reunión con el Ministro de Justicia, Félix Bolaños, en la que se abordó el proyecto de estabilización de los Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes.

Durante el encuentro, el Ministro trasladó expresamente su interés y compromiso en impulsar este proyecto, reconociendo la importancia esencial que este colectivo tiene para el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia.

Ambas Asociaciones consideran fundamental trasladar a la ciudadanía que los Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes no responden a ninguna ideología política. No son nombrados por el Gobierno, y su designación corresponde exclusivamente al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), previa emisión de un informe de idoneidad o aptitud por el Tribunal Superior de Justicia, y tras valoración del Juez Decano o del Presidente de la Audiencia Provincial, según corresponda.

Las Asociaciones quieren trasladar un mensaje de tranquilidad a los ciudadanos: los Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes tienen como objetivo primordial resolver los conflictos entre los ciudadanos aplicando estrictamente la Ley y garantizando los derechos fundamentales y el Estado de derecho, tal y como lo vienen realizando desde hace casi cuarenta años numerosos miembros de este colectivo, con el beneplácito de los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia y del propio CGPJ.

Es imprescindible insistir en que este colectivo ejerce su función con plena independencia judicial, sometido únicamente al imperio de la ley, y desempeñando la labor de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado con la misma responsabilidad y exigencia que los jueces de carrera.

Asociacion ProDignidad y Concepcón Arenal organizaron un evento en el ICAM en noviembre del 2024 con la asistencia de otras asociaciones judiciales y fiscales para explicar su injusta situación    (Foto ICAM)

Jueces sin derechos

 Añaden que, es conveniente recordar que los Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes están sometidos al mismo régimen de incompatibilidades que los miembros de la carrera judicial. Sin embargo, a diferencia de estos deben permanecer disponibles todos los días del año, a cualquier hora y durante todo su período de nombramiento ( un año judicial).

 No perciben retribuciones salariales ni cotizan a la Seguridad Social durante todo el año en que dura su nombramiento, sino únicamente durante los días efectivamente trabajados, dentro de los que no se incluyen los empleados para el dictado de sentencias.

 En caso de baja por enfermedad, se encuentran en la misma situación de falta de cobertura salarial y de Seguridad Social.

Esta realidad evidencia una situación de desigualdad frente a los Jueces de carrera que debe ser corregida y que el proyecto de estabilización contribuiría decisivamente a solucionar.

Del mismo modo, consideran es necesario recordar la sentencia del TJUE de 15 de octubre de 2019, en la que se concluye que la cláusula 4 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo a Tiempo Parcial (Directiva 97/81/CE) y el artículo 14.1 de la Directiva 2006/54/CE se oponen a normativas y prácticas nacionales que computan únicamente el tiempo efectivamente trabajado para el cálculo de la antigüedad de trabajadores fijos discontinuos, cuando este criterio no se aplica a los trabajadores a tiempo completo.

Esta doctrina europea ya ha sido aplicada a otros colectivos de trabajadores fijos discontinuos en España, reconociéndoles la antigüedad completa a efectos de trienios y otros complementos retributivos. Sin embargo, este mismo criterio no se ha trasladado a los Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes, lo que genera un agravio jurídico y laboral que debe ser corregido de forma inmediata  .

Félix Bolaños ha escuchado con atención a este colectivo y está dispuesto a seguir las sentencias europeas e incluirlos en la carrera judicial   (Ministerio de Justicia)

Independencia Judicial

 Las dos Asociaciones quieren insistir de manera clara y rotunda en la independencia judicial de los Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes en el ejercicio de sus funciones.

Afirma Inmaculada Galán  la Presidenta de la Asociación de Jueces Concepción Arenal que “Nuestro trabajo se desarrolla exclusivamente al servicio de la ley y de la ciudadanía, completamente ajeno a cualquier tipo de ideología o interés político, y resulta totalmente incoherente —por no decir absurdo— sostener que este colectivo actúa guiado por motivaciones ideológicas. ¿De verdad alguien puede creer que, si así fuera, habríamos podido mantener nuestras funciones durante 15, 20, 30 o incluso 40 años, teniendo en cuenta que, a lo largo de todo ese tiempo, en España se han sucedido gobiernos de todos los signos políticos?”

“Si nuestro desempeño dependiera de afinidades ideológicas, ninguno de nosotros habría permanecido en el cargo durante semejantes periodos. La única razón por la que hemos continuado sirviendo a la Administración de Justicia durante décadas es nuestra profesionalidad, capacidad y compromiso con la función jurisdiccional, refrendados año tras año en los concursos públicos y mediante informes positivos que ahora parecen no tener relevancia”. comenta

Por ello, “rechazamos con firmeza cualquier intento de vincular nuestra labor a intereses partidistas. Nuestra trayectoria, evaluaciones, resultados y vocación de servicio hablan por sí solos. Somos juristas independientes que, durante décadas, hemos sostenido órganos judiciales en momentos de necesidad, siempre garantizando la tutela judicial efectiva y el correcto funcionamiento de la Justicia.”

Lydia Polo e Inmaculada Galan son las presidentas de la Asociacion Pro Dignidad de Jueces Sustitutos e Imnaculada Galán, presidenta de la Asociacion de Jueces Concepción Arenal   (Foto ljsanchez)

Añade la Presidenta de la Asociación Pro Dignidad, Lydia Polo  que “el proceso de estabilización no crea una nueva forma de acceso a la carrera judicial, sino que responde a un uso excesivo y prolongado de la temporalidad, reconocido por la normativa y la jurisprudencia europeas. Esta situación ha llevado a la Comisión Europea a avanzar en el procedimiento de infracción abierto contra España desde hace casi dos décadas y a exigir al Estado que resuelva un problema que deriva exclusivamente del Derecho de la Unión y del ordenamiento jurídico español, y que requiere corrección.

Recientes Sentencias del TJUE referidas a los Jueces Honorarios italianos resultan plenamente aplicables a los Jueces Sustitutos españoles, que, a diferencia de sus homólogos italianos ejercen idéntica función jurisdiccional que el juez de carrera. De ellas se desprende claramente que los JS   cubren necesidades estructurales, lo que excluye cualquier justificación válida para mantener un régimen de interinidad permanente. La Unión Europea, la Comisión y el propio TJUE han insistido en que esta situación vulnera la Directiva 1999/70/CE”.

Se recordó asimismo que el propio Consejo General del Poder Judicial, en su Informe sobre el Estado de la Justicia de 2024, al denunciar el déficit estructural de la planta judicial, reconoce que este déficit está siendo cubierto en gran medida por los jueces sustitutos.

Ambas representantes de las Asociaciones coinciden en afirmar de forma contundente que se pretende tergiversar y trasladar a la ciudadanía una realidad falsa, según la cual los Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes no serían independientes. Esta afirmación carece absolutamente de fundamento y solo contribuye a generar confusión y desconfianza hacia un colectivo que ha demostrado, durante décadas, un ejercicio estricto, profesional e imparcial de la función jurisdiccional.

La independencia judicial no depende del tipo de nombramiento, sino del compromiso con la legalidad, del respeto a las garantías constitucionales y del sometimiento exclusivo al imperio de la ley, principios que este colectivo ha cumplido rigurosamente a lo largo de toda su trayectoria profesional.

 Rechazan firmemente que se pretenda presentar a este colectivo como activistas políticos o como personas legas o ignorantes en Derecho, una afirmación tan injusta como alejada de la realidad. La mayoría de los Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes son doctores en Derecho, profesores de Derecho o juristas de reconocido prestigio con una dilatada experiencia profesional de 15, 20 o incluso 40 años de ejercicio en la función jurisdiccional, sin reproche alguno y, en muchos casos, con felicitaciones expresas del Presidente de Tribunales Superiores de Justicia, que han constatado año tras año su  mérito, capacidad e idoneidad.

La Presidenta de la Asociación de Jueces Concepción Arenal insistió en que “En este colectivo hay juristas extraordinariamente preparados, que han superado cada año un concurso publicado en el BOE, abierto a cualquier ciudadano que reúna los requisitos y méritos exigidos. Esto evidencia de manera objetiva su capacidad y solvencia profesional. Muchos de estos jueces han tutelado a jueces en prácticas, han asumido juzgados cuyas plazas quedaban desiertas año tras año por su enorme carga de trabajo,  y han llegado a hacerse cargo simultáneamente de varios órganos judiciales, con resultados ejemplares para el servicio público de justicia pero sin la correlativa contraprestación económica y de Seguridad Social. ¿Quien, ante estos datos, puede tener todavía duda de la preparación o capacidad de estos Jueces?.”

Además, se señaló al ministro que los tribunales españoles —y en particular el Tribunal Supremo— han impedido reiteradamente que el TJUE pueda pronunciarse sobre esta realidad al negarse a plantear cuestiones prejudiciales, lo que vulnera el principio de  la tutela europea efectiva del colectivo.

La sentencia del TJUE sobre los jueces honorarios italianos puede ser clave en el futuro de los jueces y fiscales sustitutos  (TJUE)

Pertenecen a Red Europea

Se informó también por parte de la Presidenta de la Asociación Pro Dignidad  que las asociaciones españolas de jueces sustitutos forman parte, desde hace un año, de ENALJ, la Red Europea de Jueces Interinos. Esta red ha enviado una carta de apoyo a todas las instituciones comunitarias y a las principales instituciones españolas, denunciando la gravedad de la situación del colectivo, la más preocupante en Europa, ya que ningún Juez interino europeo sufre el grado de precariedad laboral que afecta a los Jueces Sustitutos españoles que, de otra parte, son los únicos en Europa que ejercen idéntica jurisdicción a los de carrera.  El propio ministro respondió a dicha carta.

Asimismo, en la asamblea de ENALJ celebrada en Bérgamo el 8 de mayo de 2024, se acordó la creación de un Comité de Igualdad, integrado por un representante por cada uno de estos países: España, Italia y Bulgaria. Este comité se ha reunido recientemente, ha aprobado un plan de actuación y la representante española, a petición del Comité, está elaborando un informe específico sobre la discriminación que sufren los jueces sustitutos españoles, destacando la elevada feminización del colectivo. Informe que será elevado a la Comisión Europea y al TJUe.

Se destacó ante el ministro que otros Estados miembros, como Italia, han logrado avances decisivos gracias a que sus propios tribunales y su Consejo de Estado elevaron la cuestión a Europa, lo que desencadenó actuaciones firmes de la Comisión y del TJUE. Como consecuencia, el Gobierno italiano impulsó medidas contundentes para resolver su conflicto interno.

El caso español exige una respuesta similar. El juez sustituto español, al igual que todos los jueces de carrera, es juez europeo y merece especial amparo, conforme a los principios de independencia, igualdad y no discriminación que estructuran el espacio judicial europeo.

Por ello, en las dos recientes reuniones mantenidas por las Asociaciones de Jueces y Fiscales Sustitutos con la Comisión Europea, se solicitó la urgente adopción de medidas encaminadas al cumplimiento del mandato europeo.

En primer lugar, el contexto político actual, y dada la persistencia del incumplimiento, se considera jurídicamente justificado que la Comisión abra de inmediato un nuevo procedimiento de infracción contra España por incumplimiento sistemático de la Directiva 1999/70/CE, incluyendo específicamente la situación de los jueces sustitutos.

En segundo lugar, que se requiera al Estado español para que la aprobación del proceso de estabilización se lleve a cabo de forma separada e inmediata.

Y finalmente, que la propia Comisión, al igual que ha hecho en fechas recientes con Italia, denuncie ante el TJUE la situación de los Jueces y Fiscales Sustitutos españoles, a fin de que efectúe un pronunciamiento.

Y todo ello con supervisión estricta de cualquier nueva legislación estatal de estabilización, para garantizar que no se diseñe con criterios políticos y que incluya una solución real para el colectivo acorde a la normativa europea.

No reclaman privilegios

Por último, se recordó que el colectivo no reclama privilegios, sino la plena aplicación del Derecho de la Unión y el respeto al principio de igualdad y no discriminación, confiando en que la intervención directa de la Comisión permitirá corregir una vulneración que, de otro modo, se perpetuaría injustamente.

La respuesta europea es hoy indispensable, y su activación constituye la única vía efectiva para restablecer la legalidad y proteger la independencia judicial.

 Las dos asociaciones de Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes reiteran su voluntad de defender la dignidad y profesionalidad de todos los Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes, así como de garantizar que la justicia continúe sirviendo al ciudadano con objetividad, rigor y plena sujeción al Estado de Derecho.