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El Gobierno portugués ha confirmado un cambio significativo en el calendario de presentación del Relatório Único (RU) correspondiente al ejercicio 2025, un informe obligatorio para todas las empresas con trabajadores en Portugal. Este año, el proceso comenzará más tarde de lo previsto, abriendo un nuevo periodo de entrega que se extenderá del 4 al 31 de mayo de 2026, una modificación que altera lo estipulado en la Portaria n.º 55/2010, de 21 de janeiro.

El Relatório Único es uno de los principales instrumentos de recopilación estadística laboral del país. A través de él, las empresas reportan información detallada sobre su actividad social, estructura de personal, formación, seguridad y salud laboral, así como otros indicadores esenciales para la administración pública portuguesa.

Cambios normativos: nueva clasificación CAE y actualización de códigos parroquiales

Además del ajuste en el calendario, la edición de 2025 incorpora dos novedades relevantes:

  • La entrada en vigor de la nueva Clasificación de Actividades Económicas – Revisión 4 (CAE Rev.4).

  • La actualización de los códigos parroquiales, que deberán reflejarse correctamente en la documentación presentada.

Ambos cambios obligarán a las empresas a revisar su información censal antes de completar el informe, para evitar discrepancias o rechazos en la validación.

Un informe estructurado en seis anexos obligatorios

El Relatório Único se compone de una portada (Anexo 0) y seis anexos temáticos que recogen información clave sobre la actividad laboral de cada empresa. Estos anexos son:

  • Anexo A – Organigrama de personal

  • Anexo B – Entradas y salidas de trabajadores

  • Anexo C – Formación continua

  • Anexo D – Seguridad y salud en el trabajo

  • Anexo E – Huelgas

  • Anexo F – Proveedores de servicios (opcional)

La hoja de portada incluye datos generales del empleador, como identificación, actividad económica, volumen de negocio e información agregada sobre la plantilla.

¿Qué aporta cada anexo?

Para facilitar la preparación del informe, conviene recordar la función de cada uno:

  • Anexo A: fotografía del personal a 31 de octubre del año de referencia.

  • Anexo B: movimientos laborales y motivos de terminación contractual.

  • Anexo C: detalle de la formación profesional impartida.

  • Anexo D: actividad de los servicios de seguridad y salud laboral.

  • Anexo E: registro de huelgas producidas.

  • Anexo F: relación de proveedores de servicios (solo si aplica).

Empresas exentas en 2025

No todas las entidades están obligadas a presentar el RU. Quedan exentos:

  • Empresarios individuales sin empleados

  • Entidades en liquidación o quiebra

  • Trabajadores autónomos sin personal contratado

  • Empleadores de servicio doméstico

Un año con especial atención al cumplimiento

El retraso en el calendario y la introducción de nuevas clasificaciones hacen que la edición 2025 del Relatório Único requiera una revisión más cuidadosa por parte de las empresas. La correcta actualización de los códigos CAE y parroquiales será clave para evitar incidencias en la presentación.