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Madrid, 30 nov (EFE).- El Tribunal Supremo ha establecido que la infracción tributaria derivada de la emisión de facturas falsas durante varios años tiene periodos de prescripción independientes para cada uno de los ejercicios.

De acuerdo a la sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso EFE y que adelanta este jueves el diario Expansión, el plazo de prescripción para imponer sanciones tributarias en el caso de emisión facturas falsas durante varios años "se sitúa de forma autónoma para cada tributo y periodo impositivo o de liquidación".

Este criterio es contrario al que sostenía Hacienda, que consideraba que al tratarse de una infracción continuada, el periodo de prescripción comenzaba en la fecha de expedición de la última factura falsa.

El caso concreto que aborda esta sentencia se refería a un procedimiento abierto en abril de 2014 para la liquidación de IRPF de facturas falsas emitidas entre 2008 y 2010, que suscitó discrepancias sobre si el ejercicio 2008 estaba o no prescrito, un punto en que el Supremo ha dado la razón al contribuyente.




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