- Esta asociación empresarial alerta de que muchos acreedores optan por no reclamarlas porque el sistema hace inviable su recuperación. El caso de una empresa asociada evidencia el problema: reclamar 449 euros de intereses de demora puede no compensar económicamente incluso obteniendo una sentencia favorable.
Más de un año después de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, que introdujo la obligación de acudir a un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC) antes de presentar determinadas demandas civiles y mercantiles, la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) alerta de que miles de pequeñas empresas y autónomos continúan renunciando a reclamar cantidades legítimamente adeudadas porque el coste, el tiempo y la complejidad del procedimiento hacen económicamente inviable su recuperación.
La Plataforma subraya que el principal problema no reside en la existencia de mecanismos de negociación previa, sino en que estos se han incorporado a un sistema procesal que ya desincentivaba las reclamaciones de pequeña cuantía debido a las dificultades para recuperar íntegramente los costes necesarios para defender los derechos del acreedor.
Esta entidad empresarial en la actualidad, agrupa a entidades estatales, autonómicas y sectoriales, que en conjunto representan a cerca de 1 millón de empresas -con una cifra de negocio cercana a los 150.000 millones de euros- y que dan empleo a más de 4,5 millones de trabajadores y autónomos Asimismo, la PMcM tiene reconocida en la propia Ley 15/2010 su legitimación activa en este ámbito.
“El problema no es que exista una fase previa de negociación. El problema es que muchas pequeñas empresas siguen comprobando que ejercer los derechos que les reconoce la Ley de Morosidad resulta económicamente inviable”, denuncia Antoni Cañete, presidente de la PMcM. “Cuando el coste de reclamar supera el beneficio esperado, el mercado recibe un mensaje muy peligroso: incumplir los plazos de pago sigue saliendo demasiado barato”.
Tal y como han señalado otros colectivos en nuestro medio, como son los abogados del ICAM, los abogados de familia de AEAFA y otros operadores jurídicos, pese a que la Ley Orgánica 1/2025 nació con el objetivo de fomentar acuerdos extrajudiciales y reducir la litigiosidad. Sin embargo, la experiencia acumulada durante su primer año de aplicación pone de manifiesto que la reforma no ha resuelto una de las principales barreras que encuentran los acreedores: la falta de rentabilidad económica de las reclamaciones de escasa cuantía.
Hay deudas que no se cobran porque no compensan
Según la PMcM, esta situación resulta especialmente preocupante cuando las cantidades reclamadas corresponden a intereses de demora o a la indemnización mínima de 40 euros por costes de cobro reconocidos expresamente por la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad. Aunque estos derechos existen legalmente, en numerosos casos su ejercicio práctico deja de ser económicamente razonable.
La PMcM ha tenido conocimiento del caso de una empresa asociada que, tras analizar la viabilidad de reclamar judicialmente una deuda por intereses de demora, decidió finalmente desistir porque el coste de realizarla superaba el beneficio esperado.
La cantidad reclamada ascendía a 449,18 euros, incluyendo intereses de demora acumulados durante 63 días y la indemnización de 40 euros por costes de cobro prevista en la Ley de Morosidad. Antes de plantear la vía judicial, la empresa realizó diversos requerimientos amistosos sin obtener respuesta.
Posteriormente, para cumplir con los requisitos establecidos por la nueva normativa, remitió una oferta vinculante mediante burofax con certificación de texto y acuse de recibo, asumiendo un coste superior a 36 euros.
Aunque el procedimiento debía tramitarse fuera de su partido judicial, circunstancia que permitía solicitar la condena en costas, la empresa comprobó que incluso obteniendo una sentencia favorable seguiría teniendo dificultades para recuperar íntegramente los costes necesarios para la reclamación. La legislación procesal limita la recuperación de determinados honorarios profesionales en función de la cuantía litigiosa, lo que reduce significativamente la utilidad económica de este tipo de procedimientos.
Además, una eventual sentencia favorable no garantiza el cobro efectivo. Si el deudor no paga voluntariamente, el acreedor debe iniciar una ejecución judicial, con nuevos costes y nuevos retrasos. La conclusión empresarial fue clara: reclamar una deuda de estas características no resultaba rentable desde un punto de vista económico.
“Si quien incumple sabe que el acreedor probablemente no continuará la reclamación porque el coste de defender su derecho supera el importe reclamado, ¿qué incentivo tiene para pagar o para alcanzar un acuerdo?”, se pregunta Cañete. “Ese es el verdadero problema que seguimos sin resolver”.
La reforma pendiente: sancionar la moroso
Ante esta realidad, la PMcM insiste en que la medida más eficaz para reducir la morosidad no consiste en añadir nuevas cargas al acreedor, sino en establecer consecuencias reales para quien incumple los plazos legales de pago.
“La experiencia demuestra que la morosidad no se combate dificultando o encareciendo la reclamación, sino penalizando el incumplimiento”, sostiene Antoni Cañete. “Mientras retrasar los pagos siga siendo gratis o prácticamente gratis para el deudor, muchas empresas seguirán utilizando a sus proveedores como fuente de financiación”.
La Plataforma recuerda que España continúa registrando niveles de morosidad incompatibles con los plazos legales de pago y considera imprescindible culminar la implantación de un régimen sancionador eficaz que garantice el cumplimiento efectivo de la normativa.
Por ello, la Plataforma expresa su confianza en que continúe avanzando la tramitación del nuevo Reglamento Europeo contra la Morosidad —Reglamento COM(2023) 533—, actualmente en fase de debate en el Consejo Europeo y que fue anteriormente aprobado por el Parlamento Europeo con más del 70%.
Cañete trasladó a Von der Leyen, en una reciente reunión de trabajo, su preocupación por las dificultades que están ralentizando el consenso entre Estados miembros, derivadas de las diferencias económicas y culturales entre países. No obstante, pidió sensibilidad para corregir un problema estructural que golpea con mayor intensidad a las empresas más pequeñas.
En respuesta, Von der Leyen señaló que los plazos de pago aplicados por determinadas empresas resultan injustificables y trasladó su voluntad de trabajar, como prioridad, en la búsqueda de los consensos necesarios para avanzar hacia una norma clara y eficaz que permita resolver este problema.
“El futuro Reglamento Europeo contra la Morosidad debe ser una herramienta ambiciosa, clara y de obligado cumplimiento. Sin sanciones, la ley pierde capacidad disuasoria. Y sin capacidad disuasoria, la morosidad se convierte en una ventaja competitiva injusta para quien incumple”, afirma el presidente de la PMcM.
Según explica Cañete, el futuro Reglamento contempla sanciones para las empresas morosas que superen el plazo general de pago fijado en 30 días, o de 60 días en aquellos supuestos en los que exista necesidad de periodo de certificación. Para la PMcM, esta norma debe servir para eliminar ambigüedades, reforzar los mecanismos de control y garantizar que el cumplimiento de los plazos de pago sea una obligación real en toda la Unión Europea.
“La lucha contra la morosidad es una cuestión de justicia económica. Europa no puede construir competitividad sobre la base de que las empresas más pequeñas financien a las más grandes. Por eso pedimos a los Estados miembros altura de miras, responsabilidad y compromiso con una norma que puede marcar un antes y un después para millones de pymes europeas”, concluye Cañete.
Desde su punto de vista, tras un año de entrada en vigor de los MASC, está claro que no está funcionando bien. “Un derecho que cuesta más ejercer que abandonar deja de ser un derecho efectivo”, concluye Cañete. “Y cuando reclamar deja de ser rentable, el mensaje que recibe el mercado es muy claro: incumplir sigue saliendo demasiado barato”.