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El despido nulo no es “un despido injusto” sin más. Es la consecuencia jurídica cuando la extinción del contrato vulnera derechos fundamentales o libertades públicas, o cuando tiene un móvil discriminatorio prohibido por la Constitución o por la ley. En estos casos, el proceso no se resuelve con indemnización “tasada” por improcedencia, sino con readmisión obligatoria y salarios dejados de percibir, sin perjuicio de una indemnización adicional por daños y perjuicios.

Si estás en Madrid y necesitas plantear una demanda por despido nulo o preparar una defensa con base en Ley 15/2022 y doctrina reciente, puedes consultar a nuestro equipo de abogados laboralistas en Madrid.

En materia de salud, la clave no es que el trabajador esté enfermo, sino que existan indicios suficientes de que la extinción tiene como móvil la enfermedad o la condición de salud y la empresa no lo desvirtúe con una justificación objetiva, razonable, suficiente y proporcionada.

Cuando este mismo esquema se proyecta sobre despidos producidos durante una incapacidad temporal, la jurisprudencia ha desarrollado criterios específicos sobre indicios y carga de la prueba, que analizamos con detalle en nuestro estudio sobre despido nulo estando de baja médica (IT) en Madrid: indicios, carga de la prueba y casuística reciente.

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