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Adjudicar un inmueble a un comunero significa que uno de los copropietarios se queda con la totalidad del bien y compensa económicamente al resto por el valor de sus participaciones.

Es una solución muy frecuente en extinciones de condominio. Sucede, por ejemplo, cuando una expareja tenía una vivienda al 50 % y una de las partes quiere quedarse el piso. También ocurre en herencias, cuando uno de los hermanos desea conservar la vivienda familiar.

La adjudicación permite evitar la venta a un tercero. Pero para que funcione, deben cumplirse tres requisitos prácticos: que quien se queda el inmueble pueda pagar la compensación, que exista acuerdo o base objetiva sobre el valor, y que se resuelva adecuadamente cualquier hipoteca o carga.

Una adjudicación mal planteada puede generar conflictos posteriores, problemas fiscales o responsabilidades bancarias inesperadas.

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