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BBVA sigue colocando derivados, productos financieros a empresarios con poca información. La justicia les sanciona con multas elevadas

La Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza nº 104 Bis, declara nulos cinco derivados financieros suscritos con BBVA: dos collars y tres swaps encadenados. La entidad financiera no informó adecuadamente de los riesgos de los productos, como el de tener que pagar elevadas sumas por su cancelación anticipada.

La falta de información precontractual sigue siendo clave para que nuestros jueces sancionen a las entidades financieras por colocar productos financieros con riesgo elevado. Ya lo hemos visto en hace unas semanas en otro asunto con el Banco de Sabadell en el que un Juzgado de Valencia le condenaba a pagar 2.18 millones de euros por negligencia en el asesoramiento financiero y más recientemente al Banco de Santander que tendrá que indemnizar según le obliga la AP de Las Palmas con más de 270.000 euros a una consumidora por los daños derivados de contratar un producto complejo

En esta ocasión el magistrado Raúl Martin ubicado en la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza nº 104 Bis, en la sentencia 2329/2026 de 26 de abril del 2026 ha condenado a BBVA a pagar a una cooperativa de enseñanza más de 6 millones de euros por la colocación de derivados de tipos de interés, en un caso defendido por Zunzunegui Abogados.

En la detallada sentencia de 49 páginas a la que tiene acceso nuestro medio se indica que los hechos juzgados se remontan al año 2006, cuando la cooperativa de enseñanza buscaba financiación para construir dos colegios. En ese contexto, BBVA colocó a la cooperativa dos collars en 2006, una permuta financiera de tipos de interés -swap- en 2007 y dos swaps en 2013, sin informar de los riesgos asociados a estos productos, ocasionándole al colegio pérdidas superiores a 6 millones de euros.

Colocaron cinco derivados

   
  Fernando Zunzunegui ha liderado,  desde el despacho que tiene su nombre, la reclamación judicial sobre este asunto   (Zunzunegui Abogados)  
     

En relación con los cinco derivados financieros, la sentencia declara que “se trata de contratos encadenados”, al apreciar que “existe una conexión funcional entre la totalidad de los productos contratados”, ya que los dos swaps de 2013 sirvieron para “neutralizar los costes de cancelación de los tres productos iniciales, con una pérdida de 1.712.782,06 euros”.

Asimismo, el Juzgado rechaza que la acción estuviera prescrita dado que “los contratos son concatenados”, comenzando el plazo de prescripción “con la consumación del último de los contratos”, de tal manera que “no había prescrito la acción de responsabilidad contractual por defecto en el asesoramiento en la adquisición de productos financieros”.

Según la sentencia, respecto de los collar, concurre “un defecto de información relevante y esencial, lo que provoca que el consentimiento estuvo viciado, dado que de haber conocido las consecuencias de la cuantía de la cancelación del collar contratado no habría firmado el producto en la forma que estaba diseñado”.

En relación con la permuta financiera de 2007, la resolución declara que “no consta que se informara de las liquidaciones por diferencia de intereses y el coste de cancelación”, dato necesario para prestar “un consentimiento pleno y con conocimiento de las vicisitudes del contrato”.

Por último, respecto de los dos swaps de 2013, la resolución afirma que se contrataron con la finalidad de “enjugar las pérdidas millonarias de los tres primeros productos” y que “que no tienen entidad autónoma propia sino que se encuentra directamente relacionados, siendo contratos concatenados”.

En consecuencia, la sentencia declara “la nulidad de los derivados financieros suscritos entre las partes”, y ordena “la restitución recíproca de las prestaciones, restituyendo BBVA el importe de las liquidaciones negativas abonadas por la parte actora”, con los intereses legales correspondientes, con condena en costas al banco demandado.

Una sentencia contundente

Fernando Zunzunegui, socio fundador de Zunzunegui Abogados, uno de los abogados referentes en derecho financiero en nuestro país, explica que este fallo junto con otro relacionado con la industria fotovoltaica , es uno de los más gravosos para el BBVA. afirma que: “esta sentencia repara el daño causado a un proyecto educativo por unos derivados financieros colocados por el banco aprovechando la asimetría informativa y en contra de la responsabilidad social corporativa”.

En conversación con este periodista Zunzunegui recuerda que cuando estos profesionales de la cooperativa se pusieron en contacto con su despacho, ante las pérdidas que sufría, intento la negociación extrajudicial con el banco pero no hubo una respuesta positiva. “La prueba fundamental del asunto ha sido la grabación de la comercialización de los swaps por vía telefónica, siempre se venden de esa forma que ha resultado decisiva en la vista que tuvimos con el BBVA y su abogada interna. Recoge las conversaciones entre mi cliente y el banco que son descabelladas y que advierten que faltó información”.

Este experto en derecho financiero, reconocer que este tipo de asuntos han llegado a su despacho con cierta frecuencia en los últimos años desde el 2009. La entidad docente que quiere financiar un nuevo colegio, éste busca financiación y la entidad bancaria que le coloca un producto complejo con escasa información.

 A su juicio se aprovechan de la gestión solvente que tienen esos colegios, tienen subvenciones y unos ingresos estables. “Un cliente ideal para que realice operaciones financieras. En medio del préstamo hipotecario les colocan el swap, del que no avisan de sus riesgos. En todos estos casos no hay información adicional y la entidad educativa, en algunos casos cooperativa, acaba por demandar al banco por las pérdidas sufridas”, indica

Colocaron productos muy complejos

Zunzunegui explica que en este caso les colocaron un collar, un swap más complejo de lo habitual. “En nuestro caso, como venimos haciendo en cada asunto enviamos un carta muy explicativa al banco sobre la situación y el problema abierto para negociar y evitar el juicio pero no nos lo tomaron en consideración pese a que hablé personalmente por teléfono con la parte contraria. Les dije que iban a perder porque hace diez meses hay tres sentencias del Supremo que aclaran este tipo de situaciones sobre swaps colocados a colegios, pero no lo tuvieron en cuenta”.

Zunzunegui nos advierte que esta cooperativa en la misma época construyó otro colegio financiado en aquel momento con Bankia, ahora Caixabank, otro asunto que se ha convertido en un pleito de otros tres millones de euros, donde ya su despacho ha tenido audiencia previa, “con lo que es previsible que el año que viene tengamos juicio”.

A su juicio no entiende como los bancos hablan en sus memorias de responsabilidad social corporativa y de que apoyan la educación como dice la del BBVA en estos casos, y luego intentan colocar estos productos financieros a los centros educativos y cooperativas a los que generan gastos financieros elevados con lo cual tienen que recortar en algunas actividades que planifica el centro educativo “Al final todo lo que gana el banco se resta a la educación. Es brutal y lamentable”

En este asunto quisieron colocar dos collars en el 2006 y un swap en el 2007, sin darles toda la información de los riesgos generados por estos productos. El auditor del colegio detecto el problema en el 2012. Un año después perdían un millón setecientos mil euros”.En ese momento la intervención del despacho Zunzunegui abogados fue clave para revisar el contrato y comprobar el problema que tenían. Las perdidas que ahora tendrá que devolver el BBVA alcanzan con intereses los seis millones setecientos mil euros.

Una buena gestión de asunto, apoyada en la jurisprudencia del Supremo que ya existe sobre este tipo de temas es la garantía de que este tipo de asuntos, aunque se puede recurrir en el TSJ de Madrid, no tendrá demasiados visos e prosperar. Habrá que ver qué hace el BBVA en los próximos días.