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Llegadas las fechas navideñas, los hijos de padres separados o divorciados tendrán que distribuir su tiempo entre ambas familias. Esto ocurre también el resto del año, pero las navidades hacen aflorar las emociones y además son fiestas más dedicadas a los niños, así que deben ser tratadas y distribuidas con atención para que toda la familia esté conforme con el reparto de los días de navidad. Veamos cómo repartir las vacaciones de navidad de los hijos para evitar conflictos.

¿Repartir las vacaciones de Navidad por mitad?

El régimen de visitas ordinario, ya sea en caso de custodia compartida como en caso de custodia individual, se adapta en los períodos de vacaciones de los menores. Esto afecta a los períodos de Navidad, Semana Santa y Verano especialmente. Dependiendo de las Comunidades Autonómas se regulan otros períodos como las Fallas o la Semana Blanca, por ejemplo.

Habitualmente, los períodos de vacaciones se distribuyen entre los progenitores por mitad. Es necesario distinguir según el tipo de custodia que se haya establecido:

  • En caso de custodia individual, suele establecerse que los menores estarán la mitad de un período con un progenitor y la otra mitad con el otro. Esta distribución interrumpe la distribución de fines de semana alternos y supone un paréntesis en dicha alternancia.
  • En caso de custodia compartida, si es por semanas alternas, ya existe esa distribución  semanal por defecto. Las vacaciones de Navidad duran dos semanas, por lo que permanecerán cada semana con un progenitor, sin necesidad de establecer repartos distintos ni interrumpir dicha alternancias.

     Sin embargo, dado el significado familiar y emocional en los días de Navidad, pueden establecerse reparto diferentes a esta distribución por mitad. Hay padres o madres que no pueden imaginar pasar la Nochebuena y la Navidad sin sus hijos, así que realizan un reparto más minucioso esos días concretos de encuentros familiares. Veamos un ejemplo:

Ejemplo real de cómo repartir las vacaciones de Navidad y distribuir los días especiales 

Si los padres deciden intercambiar los días festivos, se establecerán las vacaciones por mitad, según hemos visto en el párrafo anterior, con la excepción de los siguientes días de especial relevancia familiar:

  • El día de Nochebuena, Año Nuevo y día de Reyes los menores estarán con su padre los años impares, y los pares con su madre.
  • El día de Navidad, Nochevieja y noche de Reyes los menores estarán con su madre los años impares, y los pares con su padre.

En este ejemplo, vemos que se turnan festividades que se celebran de noche, con cenas familiares (Nochebuena, Noche Vieja y Noche de Reyes) con festividades que implican encuentros de día, que suelen incluir la comida familiar (Navidad, Año Nuevo y Día de Reyes).

Vemos que se turnan los años pares e impares para distribuir los días festivos y conseguir un reparto equitativo.

Si la familia lo prefiere, puede no establecerse una rotación anual, sino dejar fechas fijas. De este modo, siempre pasará con el padre la Nochebuena y con la madre la Navidad, por ejemplo. Esto dependerá de las costumbres familiares, ya que normalmente se ha de adaptar a los demás miembros de la familia extensa (abuelos, tíos, primos)

Cómo establecer horarios, lugar y persona encargada de la entrega y recogida de los menores en las vacaciones de Navidad

Como en el resto del año, es necesario establecer los horarios de entrega y recogida, así como el lugar y la persona encargada de realizarlo.

Aunque era habitual que fuese el padre -como progenitor no custodio en la mayoría de ocasiones- quien se ocupase de recoger y entregar a los menores, esta condición va cambiando.

Lo adecuado es que quien comience su turno de alternancia o su día festivo acuda al domicilio del otro progenitor para recoger a los menores. Si bien hay que tener en cuenta todas las circunstancias del caso concreto -distancias, posibilidad de desplazamiento, etc.-, si las condiciones de ambos progenitores son similares, no parece justo que sea siempre el padre quien deba desplazarse en esas entregas y recogidas.

Esto es necesario fijarlo desde el principio, en el convenio regulador de divorcio o bien en la demanda de divorcio o modificación de medidas.

Se establecerá también qué día comienza el período festivo, si el primer día festivo o el último día al terminar el colegio, y qué día y a qué hora termina.

Por ejemplo:

«los períodos vacacionales comienzan a las 10 horas del primer día festivo y terminan a las 20.30 horas del último día festivo. A las 10 horas del primer día de cada período vacacional, el progenitor a quien corresponda comenzar la alternancia recogerá a los menores en el domicilio del otro progenitor«

Más aún, regular supuestos en los que las vacaciones son períodos impares. Imaginemos que son 15 días de vacaciones; habrá un período de 8 días y otro de 7 días. Podemos dejar establecido que los años pares el período más largo corresponderá al padre y los años impares a la madre.

Pueden llegar a ser convenios o demandas muy exhaustivas, pero dan una estabilidad a largo plazo que merece la pena trabajar para conseguir los máximos detalles posibles.

Establecer un calendario fijo aporta tranquilidad para toda la familia

Cuanto más específico sea el convenio de mutuo acuerdo o la demanda de divorcio o modificación de medidas, menos conflictos generará.

Si no dejamos claro el día de inicio del período de vacaciones o la hora concreta o la persona que debe ocuparse de entregar o recoger, habrá desencuentros a largo plazo.

Si en lugar de establecer turnos anuales (por ejemplo, años pares e impares), se deja a las partes elegir, en caso de mala relación futura, se generarán conflictos. Quien debe elegir espera al último momento y el otro progenitor no puede adecuarse sus horarios o vacaciones porque está a expensas de esa elección.

Estos conflictos generan mucha litigiosidad. Y es frecuente que cuando se acude al Juzgado no se llegue a tiempo para que se resuelva antes de las fechas necesarias. Los más perjudicados, como siempre ocurre en las discusiones de familia, son los menores, que viven cómo sus períodos de vacaciones son motivo de desencuentros continuos.

Para evitarlo, en nuestro despacho dejamos todos los detalles recogidos en el convenio de divorcio de mutuo acuerdo o en la petición de la demanda. Es importante que no haya interpretaciones, elecciones posteriores y ningún progenitor deba depender del otro. Así, ambos pueden distribuirse las vacaciones laborales y programar viajes o encuentros familiares porque desde el principio saben cómo van a distribuirse ese año las vacaciones de los menores. Si tienes claro cómo repartir las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano, ya puedes organizarte todo el año y evitas discusiones que acaban afectando a tus hijos.

Si estás en proceso de separación o divorcio, lo mejor es detallarlo al máximo. En caso de tener una Sentencia que provoca múltiples conflictos y desencuentros, puedes modificarla aunque sólo sea en relación al reparto de los períodos vacacionales de los menores.

 

                 LO DAMOS TODO POR TI

 

 




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