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El alcalde Martinez-Almeida tendrá que ejecutar la sentencia del Supremo que anula la Zona de Bajas Emisiones (Ayuntamiento Madrid)

  • A instancia de AEA, el TSJM ha abierto una pieza separada para la ejecución forzosa de la sentencia que anuló las ZBE de Madrid . La decisión judicial abre la puerta a paralizar el cobro y los embargos de miles de sanciones ya impuestas

Entre tanto, nuevas sentencias judiciales están tumbando la estrategia municipal que pretende minimizar los efectos de la sentencia del TSJM y obligan a anular todas las multas de las ZBE impuestas en la capital hasta el pasado 6 de abril, y no solo las impuestas en los distritos de especial protección “Pza. Elíptica” y Distrito Centro”.  El coste de las multas está por encima de los 663 millones en relación con 3,4 millones expedientes que se abrieron.

Por el momento, la apertura de esta ejecución forzosa no supone automáticamente la anulación de todas las multas, sino que abre un procedimiento para determinar cómo debe cumplirse la sentencia firme que anuló la ordenanza. No obstante, las últimas resoluciones judiciales aumentan la presión sobre el Ayuntamiento de Madrid y podrían tener importantes consecuencias tanto para las sanciones pendientes como para los procedimientos de cobro que siguen en marcha.

AEA ha pedido, de forma reiterada, al Gobierno que preside Martínez Almeida, la paralización inmediata de los cobros y embargos que la Agencia Tributaria de Madrid está ejecutando para cobrar unas sanciones ilegales.

Esta decisión judicial busca materializar el fallo dictado por el TSJM y ratificado por el Tribunal Supremo, que declaró nulas e ilegales partes clave de las ordenanzas de movilidad urbana por falta de informes económicos y medios alternativos.

Debido a la apertura de esta pieza separada, la plataforma Madrid Actual recoge los detalles de la exigencia del TSJM. Por su parte, asociaciones como CEA ofrecen asistencia para los conductores y ciudadanos afectados por las multas emitidas bajo la normativa anulada.

El Ayuntamiento de Madrid afronta un escenario de colapso normativo y económico tras las últimas resoluciones judiciales adoptadas por la justicia madrileña. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a instancia de la organización de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), ha ordenado la apertura de una pieza separada para tramitar la ejecución forzosa de la sentencia que en septiembre de 2024 anuló las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en la capital. El tribunal ha concedido un plazo improrrogable de 20 días al Ayuntamiento y al resto de las partes para presentar sus alegaciones.

Evitar un insoportable peregrinaje de recursos

Esta firme actuación de la justicia responde a la solicitud de AEA para evitar que cientos de miles de conductores madrileños sufran un «insoportable peregrinaje de recursos judiciales». La medida tiene como objetivo inmediato frenar los procesos de cobro y embargos de cuentas corrientes que la Agencia Tributaria de Madrid sigue ejecutando por multas que debían estar anuladas tras el rechazo del Tribunal Supremo al recurso de casación municipal.

El presidente de AEAMario Arnaldo, se ha mostrado tajante ante la actitud del consistorio: «El Ayuntamiento de Madrid no puede proyectar una imagen de “administración tramposa” ante los ciudadanos, al pretender cobrar de forma ilegítima unas sanciones que la justicia ya ha declarado nulas de pleno derecho. Por ello, exigimos la paralización inmediata de todos los expedientes y la devolución del dinero recaudado de forma indebida».

Desmontada la estrategia de Almeida: cascada de anulaciones masivas

De forma paralela, una sucesión de sentencias dictadas por distintos juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid -en contestación a los recursos promovidos por los servicios jurídicos de AEA en defensa de sus socios-, está desarmando por completo la estrategia del equipo de gobierno de José Luis Martínez-Almeida, el cual pretende limitar el impacto de la nulidad exclusivamente a las multas impuestas en ‘Madrid Distrito Centro’ y ‘Plaza Elíptica’.

Así, las últimas sentencias dictadas por distintos juzgados de lo contencioso como  el Juzgado nº 15 -en línea con el criterio ya unificado del Juzgado nº 34 y del Juzgado nº 29-, obligan al consistorio a anular absolutamente todas las multas de 200 euros impuestas en cualquier calle afectada por las ZBE de la capital.  Estas resoluciones  , consideran que las sanciones carecen de base legal tras la nulidad de la Ordenanza.

Los tribunales razonan que la anulación de los anexos de la Ordenanza de Movilidad deja sin fundamento el artículo que regulaba las restricciones, y que debe aplicarse retroactivamente la norma más favorable al ciudadano mientras la sanción no sea firme.

Para Arnaldo “este frente judicial pone en jaque la recaudación municipal, al afectar a más de 3,5 millones de expedientes sancionadores por un valor estimado en 700 millones de euros, y no como pretende el Ayuntamiento de Madrid “a las multas impuestas exclusivamente en las zonas de bajas emisiones de especial protección”.

Tres argumentos jurídicos clave que desarman al Ayuntamiento

La justicia madrileña ha consolidado en sus sentencias tres fundamentos jurídicos que desautorizan claramente los argumentos del Ayuntamiento de Madrid:

  1. Inaplicabilidad del artículo 21: Todas las sentencias judiciales aclaran que, al declararse ilegales los anexos y disposiciones que definían el territorio y el calendario de restricciones de las ZBE de Madrid, el artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad ha quedado «materialmente vacío de contenido».
  2. Efecto retroactivo favorable: En el derecho sancionador, el ciudadano tiene derecho a la retroactividad de la norma más favorable mientras no exista una sentencia firme sobre su multa.
  3. Ausencia total de cobertura legal: Al carecer de una delimitación territorial legalmente válida y de una señalización legítima, el Ayuntamiento carece de amparo normativo para sostener o tramitar sanción alguna por acceder a cualquier calle de la capital afectada por las ZBE, y no solo en las de los distritos de especial protección

Antecedentes del conflicto

La crisis normativa del Ayuntamiento de Madrid respecto a las multas impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones se remonta a septiembre de 2024, cuando el TSJM declaró la nulidad de pleno derecho de los artículos esenciales de la Ordenanza de Movilidad aprobada por el gobierno de Martínez-Almeida. Dicha decisión se convirtió en firme una vez que el Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación presentado por el equipo de gobierno municipal, dejando las restricciones de movilidad de la capital en un limbo legal que ahora los juzgados están resolviendo a favor de los conductores.

AEA cifra el impacto potencial en más de 3,4 millones de expedientes sancionadores, por un importe superior a los 663 millones de euros, correspondientes a las denuncias formuladas hasta el 31 de diciembre de 2025. El Ayuntamiento carece de base legal para mantener las sanciones al haber desaparecido la cobertura normativa que delimitaba las ZBE.

El conflicto se remonta a septiembre de 2024, cuando el TSJM declaró la nulidad de diversos preceptos esenciales de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. El Tribunal Supremo inadmitió posteriormente el recurso de casación del Ayuntamiento, dejando firme la resolución

Denuncias formuladas en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid hasta el 31/12/25

Zona de Bajas Emisiones

Nº Denuncias

Importe (€)

MADRID ZBE

Enero 2022 – Diciembre 2025 MULTAS QUE EL AYUNTAMIENTO NO QUIERE ANULAR

1.016.115

203.220.800

ZBEDEP DISTRITO CENTRO

Diciembre 2021 – Diciembre 2025

1.859.737

355.110.580

ZBEDEP PLAZA ELÍPTICA

Enero 2022 – Diciembre 2025

548.892

104.954.240

TOTAL

3.424.744

663.285.620