- Este mismo martes, el presidente anunciaba un nuevo Plan de Integración y Ciudadanía con 16 medias con una dotación de 500 millones de euros para responder a los desafíos de la migración, gestionándola de "forma justa, ordenada e inteligente".
La Sala Contenciosa del Supremo en su sección quinta en providencias firmadas por el magistrado Fernando Román con fecha de 24 de junio hechas públicas esta mañana ha planteado las partes en el proceso, la Comunidad Valenciana y la de Aragón, que presenten en un plazo de cinco días sus consideraciones sobre si remitir una cuestión prejudicial al TJUE. Lo hace precisamente el día en el que termina el plazo para solicitar la regularización, y cuando el tema genera notable debate político.
Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se nos indica, tras conocer la intención del Supremo de plantear la cuestión prejudicial, que "la norma se ha redactado velando estrictamente por su compatibilidad con el derecho comunitario". Asimismo, recuerda que la regularización otorga un permiso de residencia y trabajo válido exclusivamente en territorio español.
El Supremo considera que la regularización masiva de migrantes podría incumplir las normas europeas, ya que la UE obliga a que la política sobre asilo y migración se coordine de manera conjunta entre países y no de forma unilateral, como ha hecho España.
El proceso de regularización de migrantes podría otorgar la residencia a entre 900.000 y 1,65 millones de personas que se encuentran en situación irregular en nuestro país y además darles acceso a viajar libremente por los países europeos que están dentro del espacio Schengen.
En dichas resoluciones el Supremo da traslado a las partes para que en el plazo de cinco días puedan expresar su parecer acerca de la procedencia de formular ante el TJUE "una cuestión prejudicial interpretativa en relación con una serie de extremos del real decreto que en su caso podrían entrar en conflicto con el derecho de la UE". Estas providencias han sido dictadas por el tribunal antes de resolver sobre las medidas cautelares solicitadas por las comunidades autónomas indicadas.
El Supremo pide a las partes que manifiesten su parecer sobre la compatibilidad con el Convenio Schengen, el reglamento europeo de esta materia y el Tratado de la UE "de una medida adoptada por un Estado miembro mediante una norma reglamentaria de rango infra legal en el marco de una regularización de carácter masivo y sin que conste coordinación previa al respecto con los demás estados miembros".
El tribunal explica que en virtud del real decreto "un nacional de un tercer país que resulte beneficiario de primera autorización de residencia temporal de un año adquiere derecho a circular libremente por el espacio Schengen durante noventa días en periodos de ciento ochenta".
No debería suspenderse la regularización
Por su parte, expertos como Blas Jesús Imbroda, abogado. Presidente de las Subcomisión de Extranjería y Protección Internacional del CGAE, entidad que ha situado a más de 28.000 abogados extranjeristas en este proceso, explicaba a este medio al parecer la Sala Tercera del Supremo tiene dudas sobre el proceso de regularización y quieren saber si esta iniciativa que va regularizar a más de un millón trescientos mil inmigrantes podría vulnerar la normativa comunitaria, en concreto lo establecido en el Pacto Europeo de Migración y Asilo que vincula a todos los países de la Unión Europea y que estaban vinculados por ese pacto y por las normas que lo han desarrollado.
Este jurista explica que la Sala ha pedido a las partes implicadas que presenten alegaciones sobre esa cuestión. “Es previsible que se suspenda el procedimiento judicial y sometan una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Ahora eso no significa que el Supremo vaya a suspender el proceso de regularización. Sera una cuestión que tendría que resolver la propia Sala. Hay que recordar que hace algo más de un mes el propio Supremo rechazo suspender este proceso de regularización.
En su opinión, la suspensión de ese proceso de regularización crearía una situación extraña. Imbroda considera que se ha generado una expectativa de derecho a una población muy grande. Muchos de ellos ya, con la resolución de admisión a trámite, porque todavía no están resueltos los procesos de regularización, pero sí están admitidos a trámite. Y la admisión a trámite implica su derecho a poder permanecer y residir. Y además pueden hasta trabajar. Entonces, se generaría una situación delicada.
Nuestro interlocutor resalta que en estos momentos hay muchas personas que necesitan tener su situación regularizada. Están viviendo desde hace tiempo en España y hay que evitar también que estén en situaciones de vulnerabilidad de cara a la explotación laboral, etcétera, etcétera. Mejor, por supuesto, que tengan su documentación en regla y trabajen, por supuesto, con todos los derechos y con todas las obligaciones. A su juicio, ahora mismo suspender el proceso de regularización generaría más problemas que otra cosa.
Permiso solo válido en España
Desde el Gobierno defienden férreamente la regularización. El presidente, Pedro Sánchez, ha definido su política migratoria como "responsable" y basada en garantizar una inmigración "legal, segura y ordenada".
"Ninguna sociedad ha avanzado levantando muros", ha dicho, para apostar por "dar la mano en lugar de dar la espalda", ha señalado en la presentación del Plan de Integración y Ciudadanía -dotado con más de 500 millones de euros el primer año y cuya primera medida es, precisamente, esta regularización- y la campaña institucional ‘¿De dónde vienen? Vienen de hacer país’
Ha criticado además a quienes "hacen política con la inmigración", en referencia a PP y Vox, mientras que el Gobierno, ha añadido, "hace política migratoria".
Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se nos indica, tras conocer la intención del Supremo de plantear la cuestión prejudicial, que "la norma se ha redactado velando estrictamente por su compatibilidad con el derecho comunitario". Asimismo, recuerda que la regularización otorga un permiso de residencia y trabajo válido exclusivamente en territorio español.
Añaden que el plazo para que el Ministerio se pronuncie sobre la pertinencia de la cuestión prejudicial está abierto hasta el viernes 3 de julio y que ya trabaja con la Abogacía del Estado para aclarar las cuestiones planteadas.
Una vez concluya este plazo, añaden, el Supremo escuchará estas alegaciones y deberá decidir si eleva está cuestión prejudicial al TJUE. En caso de elevarse, esta cuestión prejudicial interpretativa serviría para resolver dudas concretas antes de resolver el fondo de la cuestión.
Generalitat valenciana quiere prejudicial
Esta tarde, la Generalitat ha presentado alegaciones al Tribunal Supremo en las que insta a plantear la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE) en relación con el Real Decreto 316/2026 que establece un proceso extraordinario de regularización de ciudadanos extranjeros en España, modificando el Reglamento de Extranjería para facilitar la residencia y el trabajo de personas en situación irregular o solicitantes de protección internacional.
Asimismo, pide que resuelva sobre la petición de suspensión cautelar de un proceso en el que considera que el Gobierno ha actuado "de forma unitaleral”
La Generalitat insta al Supremo a plantear la cuestión prejudicial ante el TJUE sobre la regularización de migrantes. Esta entidad defiende que existen dudas sobre la compatibilidad del decreto con diferentes normas europeas relacionadas con el asilo, la migración, el retorno y el espacio Schengen.
Por ello, solicita que el Tribunal Supremo plantee una cuestión prejudicial ante el TJUE y que, mientras se resuelve, acuerde la suspensión cautelar de las disposiciones impugnadas. Según expone, si la norma continúa aplicándose, la medida cautelar perdería su finalidad al haberse agotado ya el plazo de solicitudes.