La Fiscalía solicita tres años y tres meses de prisión por un delito de estafa y otro de intrusismo profesional para el gerente de una asesoría de Alicante acusado de hacerse pasar por abogado especialista en reclamaciones por fraudes con criptomonedas y cobrar dinero a 39 afectados sin realizar ninguna actuación. El juicio comenzó este martes en la Audiencia Provincial de Alicante.
Según el Ministerio Fiscal, los hechos se produjeron entre septiembre y octubre de 2021, cuando el encausado contactó con personas que ya habían perdido sus ahorros en una supuesta inversión en criptomonedas, en el conocido caso “Antares”. Eran afectados de distintos puntos de España que buscaban una vía para recuperar su dinero.
Siempre según la acusación, el procesado les aseguró que su empresa estaba especializada en este tipo de estafas y que podía tramitar sus reclamaciones, bien para intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial, bien para presentar una querella ante la Audiencia Nacional. Les planteó incluso que, si lograba reunir a un centenar de perjudicados, podría impulsar una acción colectiva.
Perjudica todos
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Jorge Agüero, cree que “la responsabilidad de investigar delitos corresponde a las autoridades y a los tribunales. Cuando existe una estafa o un engaño grave, deben intervenir la policía, la fiscalía y los jueces (Fukuro Legal) |
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Jorge Agüero, socio director de Fukuro Legal, señala que “el intrusismo profesional es un problema serio que afecta a muchas profesiones, pero en el ámbito de la abogacía tiene un impacto especialmente delicado. Los ciudadanos acuden a un abogado cuando atraviesan situaciones difíciles. Por eso, cuando alguien se hace pasar por abogado sin serlo, no solo está cometiendo un engaño, sino que está aprovechándose de la vulnerabilidad de quienes buscan ayuda.”
A su juicio, “el caso que se juzga estos días en Alicante, donde un hombre está acusado de hacerse pasar por especialista en asesoramiento jurídico sobre fraudes con criptomonedas para estafar a decenas de personas, muestra hasta qué punto este problema puede causar daños reales”.
“Mi opinión sobre el intrusismo es clara, es una práctica que perjudica a todos. En primer lugar, a las víctimas, que pueden perder dinero, tiempo y oportunidades legales importantes. Pero también perjudica a los profesionales que sí han estudiado, se han formado y cumplen con las normas de su profesión. La abogacía exige años de preparación, la superación de un máster, un examen de acceso y la colegiación obligatoria. Todo ese sistema existe para garantizar que quien asesora jurídicamente a los ciudadanos tiene los conocimientos y las responsabilidades necesarias”, comenta
Al mismo tiempo indica que “el intrusismo suele aparecer en contextos donde ya existe confusión o desconocimiento. El mundo de las criptomonedas es un ejemplo perfecto. Se trata de un ámbito relativamente nuevo, con términos técnicos y con muchas zonas grises desde el punto de vista legal. Muchas personas que han sido víctimas de fraudes en internet buscan desesperadamente una forma de recuperar su dinero. Esa situación crea el terreno ideal para que aparezcan falsos expertos que prometen soluciones rápidas o supuestamente especializadas”..
En su opinión, “la responsabilidad de investigar delitos corresponde a las autoridades y a los tribunales. Cuando existe una estafa o un engaño grave, deben intervenir la policía, la fiscalía y los jueces. Lo que sí puede hacerse es facilitar que los ciudadanos tengan herramientas para evitar caer en estos engaños desde el principio”
“Por eso, una de las medidas más eficaces para frenar el intrusismo es la información. Muchas personas desconocen que comprobar si un abogado está colegiado es algo sencillo. Los colegios suelen disponer de buscadores públicos donde se puede verificar si un profesional está inscrito. Si ese tipo de herramientas se difundiera más, probablemente muchas personas tendrían más precaución antes de confiar en alguien que promete asesoramiento jurídico”, comenta
En cuanto al papel de los Colegios de Abogados, su función debería centrarse sobre todo en la transparencia y la información. Pueden facilitar registros accesibles, explicar qué garantías ofrece un abogado colegiado y orientar a los ciudadanos sobre cómo elegir un profesional. Ese papel pedagógico es mucho más útil que intentar asumir funciones que corresponden a otros organismos.
La abogacía, al fin y al cabo, se sostiene sobre la confianza. Quien acude a un abogado lo hace buscando orientación y protección ante un problema. Preservar esa confianza exige profesionales preparados y responsables, pero también ciudadanos informados que sepan a quién están confiando algo tan importante como la defensa de sus derechos.
Abre un debate intenso
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| Raúl Pardo-Geijo, sostiene que “hay que mantener la sanción penal para quien ejerce la abogacía sin la habilitación legalmente exigida” (Geijo Abogados) | ||
Por su parte, Raul Pardo-Geijo, socio director de Pardo Geijo Abogados, es consciente de que “el intrusismo en el ámbito de la abogacía suscita un debate especialmente intenso. No faltan voces autorizadas que sostienen que el asesoramiento jurídico no entraña el mismo riesgo inmediato para la vida o la integridad física que puede suponer un falso médico o un ingeniero sin titulación y que en consecuencia resultaría desproporcionado equiparar penalmente ambas conductas. Añaden además que el acceso a la justicia es un derecho fundamental que no debería quedar bloqueado por barreras corporativas que en ocasiones responden más a los intereses económicos de los colegios de abogados que a una genuina protección del justiciable. Son argumentos que comprendo y que no merecen ser descartados sin análisis”.
En su opinión, “Sin embargo, y tras examinarlos con la profundidad que exigen, mi convicción es firme en favor del mantenimiento de la sanción penal para quien ejerce la abogacía sin la habilitación legalmente exigida. Lo argumento desde la naturaleza misma del derecho de defensa, que no es un servicio cualquiera sino el instrumento a través del cual el ciudadano accede a la tutela judicial efectiva reconocida en el artículo 24 de la Constitución Española.La caducidad de un plazo, la preclusión de una prueba esencial o la firmeza de una sentencia desfavorable son daños que aunque no sean visibles ni inmediatos resultan absolutamente devastadores en términos jurídicos y vitales para quien los sufre”
Este experto señala tres vías de actuación para frenar esta práctica “la primera y más urgente reside en el fortalecimiento de los mecanismos de verificación previa. El ciudadano que contrata los servicios de un abogado no debería tener que fiar su comprobación al azar o a la buena fe del prestador. Para ello resulta imprescindible la consolidación de registros públicos, accesibles y actualizados en tiempo real, que permitan a cualquier persona constatar en segundos si quien le ofrece sus servicios está efectivamente colegiado y habilitado para el ejercicio. La digitalización de estos registros, con acceso universal y sin barreras técnicas, no es un lujo administrativo sino una exigencia del principio de transparencia y una herramienta de prevención de primer orden”
Pardo-Geijo también aboga por una “segunda línea debe situarse en el plano sancionador y procesal. La persecución del intrusismo no puede depender exclusivamente de la denuncia privada del perjudicado, quien frecuentemente ignora que ha sido víctima hasta que el daño es irreparable. Es necesario atribuir a los colegios profesionales y al Ministerio Fiscal una legitimación activa reforzada para la persecución de oficio de estas conductas, dotando además a la inspección colegial de mayores recursos y capacidad investigadora. Una respuesta penal que existe sobre el papel pero que rara vez se activa en la práctica equivale, en términos disuasorios, a no existir”.
Para este jurista, “la tercera y más estructural de las medidas apunta a la educación jurídica ciudadana. El intrusismo prospera en el desconocimiento. Quien no sabe que tiene derecho a exigir colegiación, quien no conoce los riesgos de acudir a un asesor jurídico sin habilitación, quien no distingue entre un abogado y quien simplemente dice serlo, es una víctima potencial sin defensa real. Incorporar nociones básicas de cultura jurídica en la educación, promover campañas institucionales de sensibilización y facilitar el acceso a la justicia a través de la abogacía de oficio son medidas que atacan el problema en su raíz, porque la mejor protección frente al intrusismo no es únicamente la sanción sino la ciudadanía informada.
Sobe el papel de los Colegios de Abogados, este penalista considera que “en primer lugar, deben asumir un papel activo en la detección y denuncia del intrusismo, articulando servicios internos de vigilancia y seguimiento del mercado jurídico informal, especialmente en el entorno digital donde proliferan con especial intensidad los ofrecimientos de servicios jurídicos por parte de personas sin habilitación alguna. No basta con esperar la denuncia del perjudicado. El colegio que no investiga ni actúa de oficio renuncia a su función constitucional más esencial”
Al mismo tiempo cree que “los colegios deben liderar decididamente la modernización de los sistemas de verificación pública de sus colegiados. Ello implica no solo mantener registros digitales actualizados sino también desarrollar herramientas de consulta intuitivas y accesibles para el ciudadano común, que no debería necesitar conocimientos técnicos para comprobar si quien le atiende está legalmente habilitado. Algunos colegios han avanzado en esta dirección pero de manera desigual y sin coordinación suficiente, lo que exige una actuación concertada a nivel nacional bajo la coordinación del Consejo General de la Abogacía”.
Por último Raúl Pardo-Geijo subraya que “en tercer lugar, los colegios deberían comprometerse con una labor sostenida de información y sensibilización ciudadana. Organizar jornadas divulgativas, mantener servicios de consulta gratuita orientados a identificar situaciones de posible intrusismo, colaborar con medios de comunicación y con instituciones educativas para extender el conocimiento de los derechos del ciudadano en materia de asesoramiento jurídico. Un colegio de abogados que solo mira hacia adentro, que se ocupa de sus colegiados pero no del ciudadano al que en última instancia sirve, ha perdido de vista el fundamento mismo de su existencia institucional”.
Un desafío para la tutela judicial efectiva
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| Miguel Angel Fernández-Salinero destaca que “el intrusismo profesional puede convertirse en un instrumento que facilita la comisión de delitos patrimoniales” (Imagen cedida) | ||
Para Miguel Ángel Fernández-Salinero San Martín Abogado; Doctor en Derecho y Profesor universitario, considera que el intrusismo profesional constituye uno de los fenómenos más preocupantes para el correcto funcionamiento de la administración de justicia y para la protección efectiva de los derechos de los ciudadanos como bien jurídico protegido. Afecta al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva reconocido y consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española” indica
Este experto indica que desde una perspectiva jurídico-penal, el ordenamiento español sanciona el intrusismo profesional en el artículo 403 del Código Penal, que castiga a quien ejerce actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título habilitante o atribuyéndose públicamente una cualidad profesional que no posee.
Para este jurista “el intrusismo en la abogacía se manifiesta de múltiples formas: desde personas sin formación jurídica que ofrecen asesoramiento legal, hasta titulados que, sin cumplir los requisitos habilitantes (como la colegiación o la capacitación profesional), actúan de facto como abogados. Incluso en los últimos años han surgido nuevas formas de intrusismo vinculadas al ámbito digital, como plataformas o sistemas automatizados que ofrecen asesoramiento jurídico e incluso tributario sin supervisión profesional directa”
Sobre este caso, actualmente enjuiciado en la Audiencia Provincial de Alicante, “refleja de forma paradigmática cómo el intrusismo profesional puede convertirse en un instrumento que facilita la comisión de delitos patrimoniales. No es un fenómeno aislado ssino más bien un paradigma delictivo, puesto que en los últimos años, además, se han detectado prácticas particularmente sofisticadas de impostura profesional vinculadas al ámbito de las estafas piramidales tradicionales y de criptoactivos. Algunos individuos se presentan falsamente como socios o responsables de supuestos despachos de abogados especializados en la recuperación de fondos procedentes de este tipo de fraudes”.
Fernandez-Salinero indica que “a través de redes sociales, foros de afectados o canales de mensajería, ofrecen a las víctimas la posibilidad de constituir plataformas o agrupaciones de perjudicados con el fin de interponer una denuncia colectiva ante la sección penal del Tribunal de Instancia que territorial u objetivamente resulte competente. Para ello solicitan aportaciones económicas iniciales que suelen oscilar entre 150 y 300 euros por afectado, bajo la promesa de iniciar actuaciones judiciales inmediatas”.
El desenlace de estas prácticas suele seguir dos patrones. En algunos casos, los falsos abogados desaparecen simplemente con el dinero recaudado, dejando a las víctimas nuevamente desamparadas. En otros supuestos, más sofisticados, los impostores llegan incluso a contratar con un despacho de abogados real una suerte de “outsourcing” de servicios profesionales, presentándose ante los afectados como intermediarios o directores jurídicos del procedimiento.
En ambos escenarios el fraude resulta evidente: mientras las víctimas creen estar confiando su defensa a profesionales cualificados, el verdadero beneficiario económico de la operación es el impostor que ha organizado el entramado. El lucro patrimonial de estos individuos es manifiesto y la utilización instrumental de la apariencia profesional agrava el reproche jurídico de la conducta
Para este experto, los Colegios de Abogados desempeñan un papel esencial en la prevención y persecución del intrusismo. Entre sus funciones institucionales se encuentra precisamente la de velar por que el ejercicio de la profesión se realice conforme a la legalidad y sin prácticas de competencia desleal o irregular.
Se necesita una repuesta coordinada
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| Fran Peláez subraya que “ la lucha contra el intrusismo requiere una combinación de medidas jurídicas, institucionales y preventivas” (Imagen Penaltech) | ||
Fran Peláez. Abogado y socio director de PenalTech, considera que caso que se está enjuiciando en la Audiencia Provincial de Alicante refleja un fenómeno cada vez más visible en el ámbito del derecho penal económico y tecnológico: el intrusismo profesional en la abogacía vinculado a fraudes complejos, especialmente aquellos relacionados con criptomonedas o supuestas recuperaciones de inversiones perdidas.
Para este jurista, “el intrusismo profesional en la abogacía constituye una conducta especialmente grave porque afecta a un ámbito directamente vinculado con la tutela efectiva de derechos. El asesoramiento jurídico y la representación procesal no son meras actividades comerciales, sino funciones sometidas a un régimen de habilitación profesional que exige titulación, colegiación y sometimiento a normas deontológicas”.
"En este sentido, el Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por el Real Decreto 135/2021, establece de forma clara que la denominación y el ejercicio de la profesión de abogado están reservados a quienes se encuentren debidamente incorporados a un Colegio de Abogados. El propio Estatuto contempla expresamente la obligación de la Abogacía institucional de perseguir el intrusismo profesional y denunciar el ejercicio ilegal de la profesión, en defensa tanto de la ciudadanía como del correcto funcionamiento del sistema de justicia" , indica
Desde su punto de vista, “cuando una persona se presenta como abogado sin estar habilitada, o actúa como tal a través de estructuras empresariales que simulan prestar servicios jurídicos, no solo incurre en un posible delito de intrusismo conforme al Código Penal, sino que genera un riesgo evidente para los clientes. En contextos como el de los fraudes con criptomonedas, el problema se agrava porque muchas víctimas ya han sufrido previamente una estafa y se encuentran en una situación de vulnerabilidad que facilita lo que en criminología se denomina "revictimización"."
Para Fran Peláez "la lucha contra el intrusismo requiere una combinación de medidas jurídicas, institucionales y preventivas. En primer lugar, es importante reforzar la persecución penal cuando concurren conductas que, además del intrusismo, encajan en delitos como la estafa. En muchos de estos casos no estamos ante un simple ejercicio irregular de la profesión, sino ante estructuras diseñadas deliberadamente para captar víctimas"
Al mismo tiempo revela que "resulta fundamental mejorar los mecanismos de verificación pública. El ciudadano debería poder comprobar de forma rápida y sencilla si una persona está colegiada y habilitada para ejercer la abogacía. Los registros colegiales accesibles y las herramientas digitales de consulta constituyen instrumentos especialmente útiles.
Por último, la prevención también pasa por la información. Las campañas de concienciación sobre fraudes financieros y sobre los denominados "servicios de recuperación de criptomonedas" pueden ayudar a que los afectados identifiquen señales de alerta antes de contratar este tipo de supuestos servicios jurídicos.
En esta línea, desde el ámbito profesional también se están impulsando fórmulas de colaboración interdisciplinar para afrontar de manera más eficaz los fraudes tecnológicos. “Por ejemplo, nuestro despacho ha alcanzado recientemente un acuerdo profesional con Recovera, una firma especializada en análisis digital y recuperación de activos financieros en casos de estafas, fraudes con criptomonedas, forex y otros delitos cibernéticos. Este tipo de alianzas permiten combinar el enfoque jurídico con capacidades técnicas de análisis digital y trazabilidad de activos, algo cada vez más necesario en investigaciones vinculadas al fraude online”
En su opinión “los Colegios también tienen una función relevante de pedagogía jurídica. Informar a la ciudadanía sobre cómo identificar un despacho legítimo, qué garantías ofrece la colegiación o qué riesgos existen en determinados ámbitos, como las reclamaciones vinculadas a inversiones en criptoactivos, contribuye de forma decisiva a reducir el espacio en el que prospera el intrusismo”.




