JUC


Es esencial buscar la adaptación de los derechos humanos a los nuevos desafíos que plantea el entorno digital y garantizar los conocidos como derechos digitales. Es la idea de la que parte la jornada enmarcada en la “Gira de Derechos Digitales” organizada por el Aula de Derechos Humanos de la Fundación Abogacía Española en colaboración con ENATIC y que se ha celebrado en el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza.

Como ha explicado Berta Álvarez Ciordia, coordinadora de la Fundación Abogacía y Derechos Humanos, el Consejo de Europa estableció un primer instrumento internacional vinculante sobre “Inteligencia Artificial y derechos humanos, democracia y Estado de Derecho”, completándolo con diversos informes sobre derechos humanos aplicables a los entornos digitales. Como ha indicado Álvarez, no regula la tecnología, pero sí establece una serie de garantías de uso y de protección de datos.

A finales de 2022, en la Unión Europea se firmó la Carta Europea de Derechos Digitales, un documento que, como ha indicado la presidenta de ENATIC, Belén Arribas Sánchez, estuvo inspirado en la Carta de los Derechos Digitales que España ya elaboró casi dos años antes, lo que “nos hace pioneros en esta iniciativa”.

Esta “carta” no es una ley sino una “declaración que no es vinculante, ni obligatoria, aunque sí es una norma inspiradora de políticas públicas” y exigible, por lo que “puede exigir que se respeten y se garanticen”. Arribas ha señalado que “los derechos fundamentales han de tener traslación al nuevo entorno digital de una forma interpretada” y pueden ser el “anticipo de nuevos derechos que derivan del entorno tecnológico, que planteen nuevos conflictos y, por lo tanto, el cómo afrontarlos”.

De hecho, en la Carta de los Derechos Digitales, en la que se establecen 26 derechos en seis categorías, se contemplan derechos digitales que ya estaban regulados por diferentes leyes antes de elaborar el documento como la protección de datos y garantía de derechos digitales, el derecho al honor, la intimidad personal y familiar y a la propia imagen o el derecho de rectificación, incluso en la propia Constitución ya se contemplaba.