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ReunIón de finales de diciembre del 2024 entre CGAE y CGPJ, A la izda.: Borja Vargues, secretario general técnico de la Abogacía Española; Carlos Orga, vocal del Consejo General del Poder Judicial; y los vocales de la Comisión de Asuntos Institucionales Inés María Herreros y José Antonio Montero. A la dcha.: Ángel Cervantes, presidente de la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia; Jesús M. Sánchez, responsable de la Oficina de Representación Institucional de la Abogacía; Salvador González, presidente de la Abogacía Española; Encarna Orduna, secretaria general de la Abogacía Española y Federico Fernández, adjunto a la Presidencia de la Abogacía y presidente del Consejo Andaluz

  • El texto aprobado por el CGPJ incorpora el ejercicio profesional ante los tribunales como uno de los méritos específicos para acceder al Tribunal Supremo.

Las relaciones entre CGPJ y CGAE han mejorado notablemente en los últimos años. Si en octubre del 2023 firmaban un acuerdo entre Vicente Guilarte, presidente interino de los jueces y Victoria Ortega para mejorar esa relación, ha sido la llegada de Salvador Gonzalez, como nuevo presidente de la Abogacía Institucional y el desbloqueo del CGPJ con la magistrada Isabel Perelló a la cabeza quienes han dado un empujón notable a esa necesaria relación profesional de estos colectivos.

La Comisión Mixta entre el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se ha reactivó a finales de 2024 y principios de 2025 para mejorar la eficacia de juzgados y tribunales, así como la calidad del ejercicio de la abogacía, conforme a convenios marco de colaboración previos.

 A finales de 2024 se produjo una "cumbre jurídica" entre el CGAE, liderado por Salvador González, y la Comisión de Relaciones Institucionales del CGPJ, presidida por José Antonio Montero, para retomar los compromisos de colaboración. En esa cumbre se abordaron temas como la mejor del funcionamiento de los tribunales, lo que facilitará el ejercicio de la abogacía; seguimiento de la implantación de la Ley 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Junto con estos temas se abordaron otros sobre Digitalización y Conciliación: Se están abordando temas de desconexión digital y el marco normativo para la conciliación profesional, en grupos de trabajo que incluyen a la procura y graduados sociales.

En estas reuniones también Salvador Gonzalez, acompañado de Ángel Cervantes, decano del Colegio de Abogados d Toledo y presidente de la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia (CRAJ) plantearon otras reivindicaciones en cuanto a tener el CGAE una mayor participación en las inspecciones que el CGPJ realiza sobre los órganos judiciales y ha planteado la necesidad de que el CGPJ cuente con vocales de la abogacía en su composición.

La aprobación por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del Reglamento 1/2025 sobre provisión de plazas de nombramiento discrecional en órganos judiciales, hay que verlo en esa línea de reconocimiento institucional como es la Abogacia, el más mayoritario de los operadores jurídicos a nivel cuantitativo y el colectivo que cita la Constitución en varias ocasiones Artículo 24.2 (Derecho a la defensa y asistencia de letrado, Artículo 17.3 (Detención y asistencia): y Artículos 122 y 159 (Relación con el Poder Judicial. La abogacía ya tiene presencia en el Consejo de Estado y ahora además del tercer y cuarto turno aspira a ser cargo de libre designación como juristas de reconocido prestigio.

Sobre estos artículos se hace referencia y se menciona a la abogacía en el contexto de la organización judicial y la composición de altos órganos judiciales. Se requieren juristas de reconocida competencia con años de ejercicio profesional para ciertos cargos en el Tribunal Supremo o el Tribunal Constitucional (miembros del TC).

En el 122.3 se dice que la composición del CGPJ estará formada por “ abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión”. Sin embargo en este nuevo CGPJ no hay ningún abogado vocal. Por su parte, en el 159.2 se dice que os miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional. El caso de Jose Maria Macias es uno de ellos.

Reunión en el 2023 entre CGPJ y CGAE y firman de un protocolo de colaboración entre Vicente Guilarte, presidente interino del CGPJ y Victoria Ortega, presidente del CGAE, anterior Salvador Gonzalez

Nuevo reglamento

Para Salvador González, presidente del CGAE, esta modificación reivindicación de la Abogacía Institucional , supone un cambio histórico para los abogados en su acceso a los tribunales. El nuevo reglamento desarrolla con mayor precisión los méritos que serán evaluados en las plazas del Alto Tribunal reservadas a abogados y otros juristas externos a la Carrera Judicial. A diferencia de la regulación anterior, establece criterios expresos y parámetros que deberán incorporarse obligatoriamente a las bases de cada convocatoria, reforzando la seguridad jurídica y la transparencia del proceso.

Durante la tramitación de la norma, el CGAE presentó alegaciones en las que reclamaba que se definieran méritos específicos para los profesionales de la abogacía en la provisión de plazas discrecionales, en particular el reconocimiento del ejercicio efectivo de la profesión ante juzgados y tribunales. Así lo hizo en las observaciones remitidas por la Comisión de Estudios, Informes y Proyectos del Consejo General de la Abogacía al borrador del reglamento.

La presencia de profesionales de la abogacía en el Tribunal Supremo ha sido muy limitada en los últimos años, lo que llevó al Consejo General de la Abogacía a considerar “esencial” que se diferenciaran claramente los méritos exigibles a abogados de los previstos para otros juristas de reconocido prestigio.

En este sentido, la Abogacía Institucional propuso que se incluyeran como méritos específicos el ejercicio efectivo como colegiado ejerciente, la dirección letrada en procedimientos judiciales o administrativos, la formación continua y especializada, junto con la actividad docente universitaria y las publicaciones científicas en materias jurídicas. Estas demandas han quedado reflejadas en el artículo 6 del nuevo Reglamento, que recoge expresamente el ejercicio efectivo de la abogacía y la calidad técnica de escritos e informes como elementos centrales de valoración.

El texto aprobado —publicado en el BOE el 25 de diciembre de 2025—refuerza los requisitos objetivos en este tipo de nombramientos de tal forma que el principio de discrecionalidad se conjugue con obligaciones procedimentales estrictas, evitando así cualquier atisbo de arbitrariedad. El procedimiento diseñado cumple con los principios constitucionales irrenunciables de mérito, capacidad e igualdad y con el principio legal de paridad de mujeres y hombres que rigen el ejercicio de las atribuciones del CGPJ en materia de nombramientos discrecionales.

Nuevas reuniones con el CGAE

En esa línea de colaboración González recuerda que ya en la web del CGPJ se han incorporado, a petición de la Abogacía institucional, todos los criterios en materia de MASC ordenados. “Esa fue una petición que hicimos porque era razonable, es fruto de la colaboración entre entidades. Se trata de poner certidumbre encima de la mesa en momentos tan difíciles como el que vivimos ahora. Toda innovación es compleja de asimilar para cualquier colectivo. En esta ocasión esta iniciativa ayuda al abogado a entender esos criterios jurisprudenciales que hay de los MASC en nuestro país”, aclara

El presidente del CGAE avanza que en unos días volverá a ponerse en marcha dicha Comisión de Trabajo “En todo ello subyace el reconocimiento profesional de la abogacía. El siguiente paso debe ser que vuelva a haber algún abogado como vocal del CGPJ. Creo que es justo y razonable. En nuestro informe sobre el Estado de Derecho en España lo hemos reflejado”. En su opinión el CGPJ puede ser un buen aliado para afrontar los temas claves de la abogacía como es el desarrollo de la Ley Orgánica de Derecho de Defensa o resolver el problema de los criterios de honorarios con la CNMC. Al final de lo que se trata es de crear un estado de opinión en el sector legal

Nuestro interlocutor recuerda la última reunión que mantuvo una delegación del CGAE con la Comisión de Venecia, donde se asombraban, pese a la previsión constitucional que la abogacía no tuviera al menos un vocal en el CGPJ como mínimo”. A su juicio, este año 2026 es aún más importante que el 2025, la abogacía debe jugar un papel clave en la consolidación de las reformas de la justicia”. En su opinión es importante tener datos sobre esta reforma, con el hándicap que hay sistemas procesales distintos en las CCAA. Sobre los MASC, al ser acuerdos privados cuando se logran es difícil contar con datos fiables. “No está previsto legalmente que se recoja en algún sitio”, indica.