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Enrique Sanz, presidente de la Mutualidad de la Abogacía, es la persona que mejor conoce el nuevo Estatuto de la Abogacía, que entrará en vigor el 1 de julio. Presidió la comisión que se formó en 2007 para elaborar la nueva norma, que fue ratificada por el pleno del Consejo General de la Abogacía en 2013. Ocho años ha tenido que esperar para verlo aprobado por el gobierno.

  • ¿Por qué se ha tardado tanto?

Es verdad que la regulación ha de ser rigurosa en algunos aspectos, pero no tiene explicación que se haya dilatado tanto. Imagino que en una primera etapa estuvo metido en un cajón y luego fue pasando de unos ministerios a otros… Pero por fin se ha aprobado y es una muy buena noticia, porque era muy necesario.

  • ¿Respecto al texto terminado en 2013 ha cambiado algo?

Nada esencial, algunos matices no relevantes. Quizás lo único que se ha quitado, y además me sorprende por lo que tiene de desprotección de los consumidores en general, es la obligación de que todo abogado tuviera un seguro de responsabilidad civil. Es verdad que podía entenderse que eso tuviera que ir a través de una ley, que es lo que finalmente se ha entendido, y por eso se ha dejado fuera

  • ¿Le preocupaba a usted que el texto se quedara desactualizado?

Tratamos de hacer un estatuto que fuera absolutamente innovador, incluyendo cuestiones que entonces se estaban apuntando, como conciliación, transparencia, relación con el consumidor… Fuimos muy avanzados y eso ha permitido que hoy el estatuto siga teniendo vigencia.

  • ¿Hay algo que le hubiera gustado añadir ahora en este 2021 pandémico?

He estado releyéndolo estos días y a lo mejor profundizaríamos algo más en esas ideas, pero en términos generales podemos estar muy satisfechos con la regulación profesional y la institucional.  Es una norma que tiene plena vigencia y plena actualidad.

  • Si tuviera que destacar una sola cosa, ¿cuál es la principal novedad que aporta este estatuto respecto al anterior?

La gran novedad es sobre el acceso a la profesión. A partir de 2011 para ser abogado hay que hacer un master, un examen de Estado que acredite que conoces el oficio de abogado y colegiarse. Eso fue un cambio trascendental y el estatuto lo recoge.

  • También regula detalladamente el secreto profesional.

Es un deber y un derecho del abogado: un deber frente al cliente y un derecho para no tener que declarar sobre algo que conoces como consecuencia de tu ejercicio profesional. Hemos delimitado su ámbito a la función propia del abogado. También los abogados de empresa están sometidos al secreto profesional, hasta ahora no era así y lo hemos incorporado.

  • El estatuto aborda también la digitalización de la profesión.

Hemos tratado la prestación de servicios en línea, que es muy importante porque ya había muchas herramientas, pero con la pandemia  ha cobrado aún más actualidad. Por otra parte establece el sistema de ventanilla única a través de la web de los colegios, es un elemento modernizador sin ninguna duda. La posibilidad de comunicarse telemáticamente con el colegio.

  • ¿Qué plazo tienen los colegios para ponerse al día con lo que establece esta nueva norma?

Da un plazo de un año a los colegios para adaptar sus estatutos.  En materia deontológica, disciplinaria, en la definición del secreto, en las comunicaciones electrónicas… tendrán que hacer alguna revisión. La nueva norma no impone obligaciones desde el punto de vista tecnológico, los colegios tienen autonomía para desarrollar su actividad. Pero si hay una conciencia sobre la necesidad de la transformación digital y en los próximos años la abogacía va a tener un avance digital significativo, como tantos otros sectores.




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