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La Comisión Europea ha declarado que dos sistemas de garantía que España va a destinar a empresas y trabajadores autónomos afectados por el brote de coronavirus son conformes a las normas de la UE en materia de ayudas estales. Los sistemas, con un presupuesto total de aproximadamente 20 000 millones EUR, fueron aprobados al amparo del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, adoptado por la Comisión el 19 de marzo de 2020.

La vicepresidenta ejecutiva Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia, ha declarado: «El impacto económico del brote de coronavirus es grave. Estamos trabajando, junto con los Estados miembros, para paliar este impacto en la medida de lo posible. Y necesitamos actuar de forma coordinada. Con estos dos sistemas de garantía sobre nuevos préstamos y operaciones de refinanciación, España ayudará a los trabajadores autónomos y a las pequeñas y medianas empresas afectados por el brote de coronavirus a capear la crisis. Los sistemas cuentan con un presupuesto total de aproximadamente 20 000 millones EUR y los hemos aprobado hoy al amparo del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal. Seguimos trabajando en estrecha cooperación con los Estados miembros para garantizar que el apoyo a sus economías llegue a tiempo en estos tiempos difíciles».

Medidas de apoyo de España

España notificó a la Comisión, al amparo del Marco Temporal, dos sistemas de garantía sobre nuevos préstamos y operaciones de refinanciación para i) trabajadores autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes); y ii) grandes empresas, todos afectados por el brote de coronavirus. Los sistemas están dotados con un presupuesto total aproximado de 20 000 millones EUR.

Las medidas de garantía tienen como finalidad limitar los riesgos asociados a la emisión de préstamos de explotación para empresas que estén gravemente afectadas por el impacto económico del brote de coronavirus. El objetivo de las medidas es garantizar que dichas empresas cuentan con liquidez para ayudarlas a salvaguardar los puestos de trabajo y continuar sus actividades ante la difícil situación causada por el brote de coronavirus.

La Comisión ha considerado que las medidas españolas se ajustan a las condiciones establecidas en el Marco Temporal. En particular, cubren garantías sobre préstamos de explotación con un vencimiento y una magnitud limitados. También limitan el riesgo asumido por el Estado hasta un máximo del 80 % para los autónomos y pymes y del 70 % para las grandes empresas. De esta forma se garantiza que la ayuda esté rápidamente disponible en condiciones favorables y limitada a quienes la necesiten en esta situación sin precedentes. Para poder alcanzar este objetivo, las medidas implican también retribución mínima y salvaguardas que garanticen que la ayuda sea efectivamente canalizada a través de bancos u otras entidades financieras a los beneficiarios que la necesiten.

La Comisión ha constatado que los sistemas de garantía españoles para las empresas y autónomos contribuirán a gestionar el impacto económico del brote de coronavirus en España. Las medidas son necesarias, adecuadas y proporcionadas para poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro, conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE y a las condiciones establecidas en el Marco Temporal.

Sobre esta base, la Comisión ha aprobado las medidas en virtud de las normas de la UE en materia de ayudas estatales.




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