JUC


Por  David Álvarez. Economista

Larrauri & Martí Abogados.

 

Como todos ustedes saben, ya estamos plenamente inmersos en la campaña de renta de este año. En la declaración de la renta al igual que otras Comunidades Autónomas, la Comunidad de Madrid tiene numerosas deducciones en el IRPF en apoyo a la familia y a la natalidad que ha ido implementando a lo largo de los años.

Aunque ciertas deducciones, como la de nacimiento, solamente se aplican a niveles de renta medias y bajos, en este aspecto, y por su impacto, voy a centrarme en este artículo en las deducciones más significativas por su importe como son la deducción por gastos educativos, la deducción por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad, y la deducción por la obtención de la condición de familia numerosa de categoría general o especial, implementada a partir del año 2023.

Dichas deducciones tienen establecidos unos límites de renta para su aplicación, impidiendo que los contribuyentes se puedan beneficiar de las mismas si la suma de su base imponible general y del ahorro en el IRPF excede de un determinado importe multiplicado por el número de miembros de la familia, siendo dicha cuantía de 30.930 euros para el ejercicio 2025. Dicho límite no se ha ido actualizando con la inflación en los últimos años, por lo que su importe, al igual que ocurre con el importe de otras deducciones y reducciones, ha quedado completamente desfasado.

Pero, llegados a este punto y centrándome en el asunto que ocupa este artículo, ¿qué sucede si uno de los hijos es discapacitado?, pues, en realidad nada, ya que, en todas estas deducciones, no se realiza ninguna adecuación a que uno de los hijos de la familia tenga esa condición, esto es, no se tiene en cuenta en su aplicación lo que ello supone para la economía familiar.

Así, y aunque un matrimonio con dos hijos, y uno de ellos con discapacidad, conforman una familia numerosa a efectos legales, con todos los beneficios fiscales y de otra índole que ello supone, no pueden acceder a estas deducciones en igualdad de condiciones que una familia numerosa ordinaria con tres descendientes.

¿Por qué? Pues porque, a pesar de que, a efectos de la consideración de una familia como numerosa, un hijo discapacitado cuenta como dos, al ser sensible en este aspecto la Administración al reto añadido que supone dicha condición para sus progenitores, ello no se tiene en cuenta a efectos de calcular el límite de renta máxima para aplicar las deducciones anteriormente mencionadas.

Por lo anterior, es posible que familias que, en la práctica totalidad de los casos se ven abocados a realizar unos mayores gastos educativos, sanitarios, etc.., se vean en la tesitura de que, a igual renta que una familia numerosa ordinaria, no pueden aplicarse ninguna de las deducciones anteriores porque en su caso, y al computarse su hijo discapacitado únicamente como un único miembro de la familia, su límite de renta máxima es un 20% inferior al de una familia numerosa ordinaria, lo cual de facto supone una discriminación contra estos niños.

Esta discriminación entiendo que es fruto de una omisión del legislador en la redacción inicial de las deducciones, el cual, obviamente, no tuvo en cuenta entonces las especiales circunstancias de los hijos discapacitados.

Por ello, creo que la Comunidad de Madrid debería proceder inmediatamente a modificar estas deducciones a fin de que acabar con esta discriminación no intencionada de los niños discapacitados a la hora de aplicar las deducciones propias de la Comunidad de Madrid.

A estos efectos, y para realizar dicha modificación, ni siquiera sería necesario que la Comunidad modificase la redacción de las deducciones actuales, puesto que sería suficiente con que la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid publicase una Resolución a fin de matizar que, a la hora de calcular los límites de renta en la aplicación de las deducciones y en caso de que haya algún descendiente con discapacidad, éste computará doble. Eso sería todo, y se acabaría con esta discriminación en un instante.

En definitiva, está en manos de la Comunidad de Madrid solventar esta injusticia para con los miembros más vulnerables de nuestra sociedad.