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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su Sentencia núm. 516/2026, de 28 de mayo, dictada en Pleno, aborda una cuestión de gran relevancia práctica para empresas, asesores laborales y abogados: ¿puede una empresa dejar de abonar una prima o plus de asistencia cuando la persona trabajadora no acude al trabajo por disfrutar de un permiso retribuido o por encontrarse en situación de incapacidad temporal?

La respuesta del Tribunal Supremo no es uniforme para todos los supuestos y ahí radica precisamente el interés de la sentencia. El Alto Tribunal distingue con claridad entre las ausencias que constituyen permisos o licencias retribuidas y las situaciones de suspensión del contrato, como la incapacidad temporal.

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