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Madrid, 8 jun (EFE).- El Tribunal Supremo ha rebajado de 12 a 7 años de prisión la condena a un hombre que violó, junto a otras dos personas, a una joven de Manresa (Barcelona) en un piso en julio de 2019, cuando tenía 17 años, al aplicar la ley del sí es sí por ser más favorable para el reo.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que estima el recurso del acusado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que confirmó otra de la Audiencia de Barcelona.

El tribunal subraya que su sentencia no afecta a los otros dos condenados por la Audiencia de Barcelona, quienes no recurrieron al Supremo, en la medida que sus respectivas situaciones presentan particularidades y no le son aplicables las mismas consideraciones, sin perjuicio de una eventual revisión futura de sentencia firme. Uno fue condenado a 12 años y 6 meses y el otro a 5 años.

Los hechos se remontan al 13 de julio de 2019, cuando la víctima acudió a casa de los acusados, a quienes acababa de conocer, para cenar y "hacer tiempo" hasta acudir a una fiesta, momento que aprovecharon los procesados para violarla por turnos tras haberle ofrecido previamente bebidas alcohólicas y hachís.

El único acusado que sí ha recurrido fue condenado por un delito de violación y se le impuso una pena de doce años de prisión, que era la mínima dentro de una horquilla de entre 12 a 15 años de prisión, al aplicar la atenuante de embriaguez y drogadicción.

Pero el Supremo explica que la Ley del sí tipifica esa conducta con una horquilla de 7 a 11 años de prisión, por lo que atendiendo a criterios de proporcionalidad, le impone la mínima posible, 7 años.

La sentencia cuenta con el voto particular de la magistrada Susana Polo, quien, de acuerdo con el informe la Fiscalía, entendía más favorable la nueva Ley, pero defiende que lo proporcional a la gravedad de los hechos era haber impuesto 11 años de prisión. 




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