Bilbao, 14 feb (EFE).- La Audiencia de Bizkaia ha condenado a 9 años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de una mujer que se encontraba semiinconsciente y por haber permitido a otra persona que grabara la escena.
En una sentencia de la sección Primera de la Audiencia Provincial fechada en enero, el tribunal impone 7 años de cárcel por un delito de abuso sexual, según el Código Penal vigente en 2019, cuando ocurrió el delito, y otros 2 años de prisión y una multa de 10 euros diarios durante 14 meses por un delito contra la intimidad y el derecho a la propia imagen.
Además, fija que el acusado indemnice a la víctima con 4.900 euros por las lesiones y 10.000 euros por el daño moral causado, y le prohíbe acercarse a la mujer durante la pena.
Ha sido condenado por abuso sexual, debido a que los hechos ocurrieron antes de la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí, que tipifica todos esos comportamientos como agresión sexual.
La resolución relata como hechos probados que el 17 junio de 2019 la víctima estaba en la vivienda de una amiga en Bilbao, junto al novio de esta última. Allí, la víctima "perdió el conocimiento, al entrar en un estado letárgico, posiblemente debido a alguna sustancia (que no ha sido identificada) que le suministraron" el acusado y su novia.
El hombre, "aprovechando tal estado de inconsciencia y con ánimo de satisfacer su deseo sexual", abusó de ella, mientras la amiga de la víctima grababa un vídeo de la secuencia, que luego mostró a otras personas.
Esta mujer autora de las grabaciones no fue juzgada al encontrarse en situación de rebeldía.
El tribunal ha resuelto condenar al varón en base al vídeo de los hechos, en el que "se aprecia a la denunciante en un estado de sueño profundo o inconsciencia y se ve que durante una secuencia que dura varios minutos es sometida a diversos actos sexuales sin que ella llegue a despertarse en ningún momento, ni realice ningún movimiento (está completamente inerte)".
"Resulta evidente para cualquier observador que la denunciante no prestó consentimiento para ninguno", añade la sentencia.
La Audiencia ha considerado además que el acusado era "plenamente consciente de que estaba siendo grabada toda la secuencia sexual" y por ello es responsable de un delito contra la intimidad y el derecho a la propia imagen de la víctima.
El tribunal constata el "profundo daño personal, social y reputacional" que ha sufrido la víctima.
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