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  • El juicio que involucró a tres acusadas concluye con una decisión del tribunal que analiza responsabilidades individuales.

Ocho años después del inicio de un proceso judicial, el Juzgado de lo Penal nº 19 de Madrid ha absuelto a las tres acusadas de un delito continuado de maltrato animal.

Por unos hechos que se remontan a los años 2013 y 2016 se acusó a tres personas, una madre y sus dos hijas mayores de edad, de un delito continuado de maltrato animal por mantener innumerables gatos en condiciones insalubres y sin atención veterinaria entre 2013 y 2016 en el domicilio de la madre y dedicarse a la venta de los gatos por internet. En el domicilio de la madre, se habían encontrado gatos en estado de desnutrición, deshidratación y con diversas lesiones. Dos fallecieron por estas condiciones.

Por ello, el Ministerio Fiscal solicitó la condena las tres acusadas a la pena de 18 meses de prisión con la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales por tiempo de 4 años y pena de inhabilitación especial para la tenencia de animales por tiempo de 4 años, con imposición de costas. Asimismo, el Ministerio Fiscal solicitó que las acusadas de forma conjunta y solidaria indemnizaran a FAPAM en la cantidad de 1.446,11 euros con los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Sin embargo, la sentencia dictada ha marcado un giro significativo en el caso.

Las dos hijas fueron declaradas inocentes al no poder demostrarse su participación directa en los hechos. Además, el tribunal valoró positivamente su colaboración activa en el rescate de los animales una vez que tuvieron conocimiento de la grave situación en la que vivía su madre y los gatos.

Por otro lado, la madre, fue absuelta, pero tras ser declarada inimputable. Los informes periciales determinaron que padecía un grave deterioro cognitivo y trastornos mentales que le impedían comprender la ilicitud de su conducta. Esta condición médica fue un factor clave en la decisión del tribunal, eximiéndola de responsabilidad penal por los hechos.

No obstante, al haber sido la madre declarada inimputable se determinó que debía indemnizar a la organización de protección animal FAPAM con 1.446,11 euros por los gastos veterinarios de los gatos rescatados. No se impusieron medidas de seguridad, dado que esta ya estaba internada en un centro geriátrico y no se consideró que representara un peligro futuro.

Este caso pone de manifiesto la complejidad de los procesos judiciales que involucran el maltrato animal, especialmente cuando se entrelazan con condiciones de salud mental. La resolución subraya la importancia de considerar todas las circunstancias y la colaboración de los implicados en la búsqueda de soluciones para el bienestar animal.

El Letrado de una de las hijas, Ricardo Agud Spillard, de Escudo Legal - Despacho de Abogados en Majadahonda, mostró su satisfacción y criticó el exceso de celo del Ministerio Fiscal, cuando las pruebas eran tan inconsistentes contra las hijas desde el inicio de la instrucción de la causa y tras el acto de juicio oral era más que evidente que las hijas no habían hecho nada ilícito, pero habían tardado ocho años en obtener justicia.