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El pacto de no competencia postcontractual no posee una regulación específica por lo que se concertará por acuerdo entre las partes atendiendo a los mínimos establecidos en el art. 21 del Estatuto de los Trabajadores.

Nuestros abogados especialistas en Derecho Mercantil te explican todo lo que debes saber sobre el pacto de no competencia o no concurrencia postcontractual.

El pacto de no competencia o de no concurrencia postcontractual