Rafael López Montes es Abogado. Miembro fundador y actual Presidente de RED ABAFI DE ABOGADOS Y ECONOMISTAS y profesor de Derecho Administrativo.
El próximo 11 de junio de 2026, el Pleno del Congreso de los Diputados se enfrenta a una de las decisiones con mayor calado social y profesional de la legislatura: la votación de la Proposición de Ley destinada a la modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Esta reforma, que incluye la creación de la tan demandada "Pasarela al RETA", no es un mero trámite legislativo; es la respuesta a más de tres años de movilizaciones y la última esperanza para decenas de miles de profesionales que se encuentran o van a encontrarse en una situación de auténtica vulnerabilidad económica extrema tras décadas de ejercicio.
Como profesionales del Derecho, estamos al corriente de que la perfección normativa es un ideal, pero la seguridad jurídica y la protección de los derechos fundamentales son imperativos inmediatos. Aprobar esta propuesta el 11 de junio, aun reconociendo sus defectos, es un acto de responsabilidad institucional y un salvavidas ineludible.
El dictamen emitido el pasado 26 de mayo de 2026 por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social ha sentado las bases técnicas de esta transición. Entre ellas se habilita el mecanismo para que los mutualistas alternativos puedan, por fin, trasladar si lo desean sus derechos económicos acumulados a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Para aquellos profesionales que tengan cumplidos 52 años a finales de 2026, se establece una condición de especial justicia: y es el ansiado 1x1, es decir, que cada mes completo de alta en la mutualidad se computará como un mes de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esto resulta vital para alcanzar los periodos de carencia necesarios para una pensión contributiva digna. Para los que no alcancen dicha edad, se aplicará un controvertido factor de corrección del 0,77%.
Se ha tenido que luchar además para algo tan lógico como que la transferencia de fondos no tribute en el IRPF, impidiendo una doble imposición que sería absolutamente injusta sobre ahorros que ya fueron gravados o que no pudieron ser objeto de reducción en su momento.
El paso como decimos, no es perfecto, pero debe darse. Somos conscientes de que la solución, insistimos, no es perfecta, y que es fácil caer en la tentación de considerar que, dado que el texto actual presenta exclusiones, como los 47.000 mutualistas afectados por el veto gubernamental por haber cotizado 15 años o más a la Seguridad Social, sería preferible rechazarlo para buscar una solución "perfecta". Y, sinceramente, creemos que este razonamiento es más que comprometido. De hecho, lo consideramos claramente peligroso.
Debe mejorarse el texto en Pleno
Dejar esta fase sin aprobar el 11 de junio supondría, de facto, condenar al colectivo a volver a la casilla de salida. En el complejo engranaje parlamentario, el decaimiento de una iniciativa de este tipo podría implicar más años de espera adicional, un tiempo que muchos compañeros, cercanos a la edad de jubilación y con prestaciones previstas que no alcanzan el umbral de la pobreza, sencillamente no tienen.
Sin duda el reconocimiento parlamentario de esta evidente desprotección social ya es un avance histórico. Pero rechazar la pasarela ahora sería borrar ese reconocimiento y desarmar un mecanismo legal absolutamente necesario y que permitiría la conversión de fondos en periodos cotizados.
Aprobar este primer paso no significa, insistimos, renunciar a la justicia plena. Al contrario, la aprobación de la ley el 11 de junio lo que haría es habilitar un mecanismo para seguir exigiendo mejoras, que efectivamente son necesarias en las fases sucesivas, es decir, en la tramitación en el Senado y en su posterior desarrollo reglamentario. Dando margen para lidiar que se incluyan a aquellas y aquellos que han quedado fuera por criterios de cotización mixta o por el veto presupuestario, ajustar el más que discutido coeficiente del 0,77% para que la base reguladora estimada sea lo más fiel posible al esfuerzo contributivo realizado, y sobre todo, intentar garantizar que quienes ya perciben prestaciones insuficientes no queden, por supuesto, en el olvido.
Y es que la ley establece un mandato claro: en un plazo de tres meses desde su aprobación, se debe desarrollar el reglamento que concrete los términos de la transferencia. Es en ese espacio, y con la ley ya en el Boletín Oficial del Estado, donde la abogacía, sobre todo la institucional y los colectivos afectados podrían ejercer una presión efectiva por conseguir esas mejoras.
El 11 de junio se vota un primer paso DIGNIDAD. La pasarela es el cimiento sobre el cual debemos edificar un sistema de previsión social que no castigue al profesional por haber optado por un régimen de alternatividad que el propio Estado promovió y reguló.
Dar un paso hacia ADELANTE este jueves es la única opción viable para evitar un verdadero abismo de desprotección para miles de mutualistas. La justicia plena es el objetivo final, sí, pero la pasarela es el vehículo imprescindible para llegar a ella. Por responsabilidad, por solidaridad con los compañeros al límite y por rigor jurídico, la propuesta debe salir adelante. Esta vez sí.