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Uno de los miedos más comunes de quien se plantea acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad es pensar que sus multas de tráfico no se van a cancelar nunca. Es una de las creencias más extendidas y, salvo en supuestos concretos, también una de las más equivocadas.

La realidad es que la mayoría de las multas de tráfico de un conductor medio sí son exonerables dentro del procedimiento de Segunda Oportunidad. Solo hay una excepción tasada: las sanciones administrativas calificadas legalmente como muy graves. Y aun así, esa excepción tiene un matiz crucial: la carga de probar que una multa es «muy grave» no la tiene el deudor, la tiene la Administración.

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