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Cuando hablamos del contrato de franquicia, nos referimos habitualmente a esa fórmula para emprender y operar en el mercado bajo una fórmula y una marca consolidada. Sin embargo, en la práctica real y judicial vemos cómo no siempre encontramos una correspondencia entre lo prometido antes de formalizar propiamente el contrato de franquicia y la realidad del negocio.

En la práctica vemos cómo surgen conflictos entre ambas partes por falta de información precontractual, por ausencia de asistencia por parte del franquiciador, por la promesa de un know-how inexistente a la hora de la verdad, imposición de precios, penalizaciones del franquiciador desproporcionadas o por resoluciones anticipadas del contrato.

En ese sentido, el Tribunal Supremo ha ido delimitando cuáles son las obligaciones reales por parte del franquiciador y cuáles son los derechos que puede ejercitar el franquiciado.

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