Ley Orgánica 1 /2025 de eficiencia procesal ¿una oportunidad?
Carmen Giménez Cardona - Vicedecana del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid (ICPM)
En medio del proceso de adaptación de la Administración de Justicia a la nueva organización judicial que establece la Ley Orgánica 1/2025, están surgiendo muchas dudas sobre cómo va a ser la implantación en los grandes partidos judiciales y los resultados que puede dar.
No podemos olvidar que desde la implantación de sistemas como Lexnet o similares, se ha sometido a la justicia a un proceso de informatización, que se vio acelerado con la pandemia. Es indudable que este proceso supone una adaptación a los tiempos que resultaba del todo necesaria y que la implantación de las nuevas tecnologías permitía conseguir una justicia algo más ágil.
Sin embargo, no todo son ventajas, ya que corremos el riesgo de la deshumanización, ya que todos conocemos que la automatización de procesos y la utilización de medios telemáticos nos convierte a todos en seres tecnológicamente dependientes y deteriora la interacción social.
El modelo de justicia que nos ofrece la Ley 1/2025 está basado, precisamente, en una justicia telemática, ya que esa era la finalidad de la Ley 6/2023, que todos los procesos judiciales estuvieran automatizados, no sólo los que dependen directamente de los órganos judiciales, sino también muchos a desarrollar por los operadores jurídicos e incluso por los ciudadanos.
En muchas ocasiones, las leyes no regulan una realidad presente, sino que pretenden determinar como han de ser hechos futuros cuya existencia debería mejorar determinados aspectos de nuestra vida. Por tanto, la aplicación efectiva de esas leyes depende de los cambios que se ha de producir en el ámbito que regulan. La resistencia al cambio es evidente en todos los aspectos de la vida, pero, en concreto, en Justicia, y en algunos órganos judiciales y personal dependientes ha sido muy evidente.
Por tanto, y en medio del proceso de implantación de los nuevos Tribunales de Instancia, nos encontramos con serias dificultades, dado que la nueva organización judicial, se compadece mal con una justicia en papel, con un organigrama muy diferente y con poca voluntad de cambio.
Es cierto que todo cambio requiere de su período de adaptación para conocer las disfunciones que se producen. Sin embargo, no podemos olvidar que el ciudadano no puede estar al albur de que la Administración de Justicia funcione. Llevamos ya demasiado tiempo pidiéndole paciencia al ciudadano, que tramita su divorcio, una reclamación de cantidad o cualquier procedimiento.
Siempre he mantenido que el funcionamiento de la Justicia es cosa de todos los operadores implicados y entre ellos, de los procuradores, que hemos sido los primeros en adaptarnos telemáticamente a las circunstancias. Sin embargo, no podemos dejar de trabajar por esa justicia cercana al ciudadano que la labor de los profesionales de la procura podemos facilitar.
En estos momentos de cambios y de cierto caos, los procuradores debemos recordar que nuestro ámbito de actuación es el órgano judicial y que es, ahora, cuando más que nunca debemos poner de manifiesto que somos colaboradores necesarios de la Administración de Justicia. Se hace necesario que compatibilicemos las gestiones telemáticas con recuperar la cercanía con los Tribunales.
Por su parte, el órgano judicial no debe entender que el profesional que acude a realizar una gestión lo hace con la intención de importunar, sino que lo hace para que le podamos demostrar al ciudadano que la Justicia quiere darle la respuesta que se merece y nosotros trasmitimos sus necesidades. La Administración de Justicia la integramos todos y es nuestra responsabilidad que el ciudadano se sienta atendido, a pesar de las dificultades por las que todos atravesamos.
La justicia telemática no puede olvidar que detrás de cada expediente judicial electrónico hay una persona que deposita en ella la necesidad de resolver un conflicto. Por ello, no podemos de dejar de atender sus demandas y demostrarle que la justicia es cercana a los ciudadanos.
