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¿Has perdido el trabajo? Te explicamos si tienes derecho a paro, cómo se tramita, cuánto vas a cobrar y durante cuánto tiempo.

Cuando perdemos el trabajo, lo primero que nos planteamos es si tenemos derecho a paro. En caso afirmativo, es importante saber cómo solicitarlo, que cuantía se va a cobrar y durante cuanto tiempo.

¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador para poder cobrar paro?

Para poder cobrar el paro, el trabajador debe reunir una serie de requisitos:

  • Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social. Una situación asimilada al alta sería, por ejemplo, acceder al paro en situación de baja médica o estando en situación de excedencia por cuidado de hijo.
  • Encontrarse en “situación legal de desempleo”. Nos encontramos en esta situación, cuando la finalización de la relación laboral con la empresa se produce por causas ajenas a la voluntad del trabajador, por ejemplo un despido, un fin de contrato, etc., pero nunca por una baja voluntaria.
  • Estar inscritos como demandantes de empleo
  • Tener como mínimo cotizado 1 año dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
  • No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse
  • Suscribir un “compromiso de actividad” por el cual el solicitante se compromete a buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada y participar en acciones de formación, orientación o inserción profesional con la finalidad de aumentar las posibilidades de obtener un puesto de trabajo

¿Cómo y dónde se solicita la prestación por desempleo?

La solicitud y gestión se tiene que hacer en las oficinas del SEPE (Servicio Público de Empleo), obteniendo cita previa, o a través de internet. La prestación debe solicitarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado.

Si la gestión no se hace en esos 15 días, no se pierde el derecho, pero la normativa establece que no se pagarán todos aquellos días que se hubieran podido cobrar si se hubiera gestionado el paro dentro de ese plazo, ya que la prestación se reconocerá entonces, desde el día en que se ha solicitado.

¿Cómo se calcula?

La cuantía de lo que se va a cobrar depende de las cotizaciones por contingencias profesionales que tenga el trabajador durante los últimos 6 meses. Consultando las nóminas se pueden ver cuáles son estas bases de cotización. Con ellas, se hace una media de esos últimos 6 meses y se obtiene lo que se llama la “base reguladora”. Lo que se va a cobrar es el resultado de aplicar un porcentaje a esta base reguladora:

  • Los primeros 180 días de prestación se cobra el 70% de la base reguladora.
  • A partir del día 181, se cobra el 50% de la base reguladora.

En la página web del SEPE está disponible un programa de auto cálculo de la prestación que facilita información no vinculante sobre la duración y cuantía del derecho que podría corresponder.

 

¿Cuál es duración de la prestación?

El periodo de tiempo durante el cual se podrá cobrar esta prestación, dependerá de las cotizaciones que se tengan por desempleo durante los últimos 6 años. Para determinar la duración de la prestación se aplicará la siguiente escala:

  •  

    Desde 360 hasta 539 días trabajados: 120 días de prestación.

  •  

    Desde 540 hasta 719 días trabajados: 180 días de prestación.

  •  

    Desde 720 hasta 899 días trabajados: 240 días de prestación.

  •  

    Desde 900 hasta 1.079 días trabajados: 300 días de prestación.

  •  

    Desde 1.080 hasta 1.259 días trabajados: 360 días de prestación.

  •  

    Desde 1.260 hasta 1.439 días trabajados: 420 días de prestación.

  •  

    Desde 1.440 hasta 1.619 días trabajados: 480 días de prestación.

  •  

    Desde 1.620 hasta 1.799 días trabajados: 540 días de prestación.

  •  

    Desde 1.800 hasta 1.979 días trabajados: 600 días de prestación.

  •  

    Desde 1.980 hasta 2.159 días trabajados: 660 días de prestación.

  •  

    Desde 2.160 días trabajados: 720 días de prestación.




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