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  • La Pensión por incapacidad ha sido reconocida judicialmente tras revocar la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

El centro médico jurídico TribunalMedico.com ha conseguido recientemente una sentencia, dictada por el Juzgado de lo Social nº 16 de Barcelona, quien ha reconocido el derecho de un trabajador a la pensión de incapacidad permanente absoluta, pese a la negativa inicial del INSS, con una condena económica superior a 170.000 euros por atrasos.

El órgano judicial revoca íntegramente la valoración administrativa previa al considerar que no se había analizado de forma conjunta el impacto real y funcional de la pluripatología grave del trabajador, limitándose a una aproximación fragmentada y meramente diagnóstica.

La clave de la resolución: la valoración funcional global

La sentencia pone el acento en un criterio reiterado por la jurisprudencia social, la incapacidad no se decide por la existencia aislada de enfermedades, sino por su repercusión conjunta y efectiva en la capacidad laboral.

En este caso, el juzgado destaca especialmente la enfermedad inflamatoria intestinal activa (Crohn ileal y rectal), con sintomatología severa y refractaria al tratamiento.

El informe médico pericial recoge expresamente la existencia de más de diez deposiciones líquidas diarias, con urgencia defecatoria, circunstancia que el propio juez considera incompatible con la permanencia en cualquier puesto de trabajo, incluso de carácter sedentario, administrativo o de supervisión. Además, subraya que, pese a la aplicación de tratamientos farmacológicos y terapias biológicas avanzadas, el cuadro clínico se mantiene crónico, refractario y altamente limitante, descartando cualquier expectativa razonable de mejoría funcional.

La sentencia realiza una valoración global de las siguientes patologías acreditadas en autos:

  • Enfermedad de Crohn ileal y rectal, activa y refractaria, con afectación digestiva severa.
  • Psoriasis cutánea grave y persistente, especialmente en cuero cabelludo.
  • Artritis psoriásica, con afectación articular crónica, dolorosa y tumefacta, resistente a terapias avanzadas.
  • Trastorno ansioso-depresivo reactivo, en seguimiento psiquiátrico, con impacto significativo sobre la funcionalidad.
  • Migraña crónica en tratamiento.
  • Sinovitis persistente en manos, con limitación funcional.

El juzgado concluye que la coexistencia de patología inflamatoria crónica, afectación cutánea severa y deterioro de la salud mental genera un impacto funcional global incompatible con cualquier actividad laboral, justificando plenamente el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta.

Alejandro Rusiñol, director del Centro Médico Jurídico TribunalMedico.com que ha defendido los derechos del trabajador, señala que: “Cada caso es distinto, pero todos tienen algo en común: cuando la situación clínica se analiza con rigor y se traduce correctamente en términos funcionales para que los tribunales se vuelquen en valorar la realidad clínica del trabajador. Es muy importante la coordinación del trabajo médico-jurídico y el análisis riguroso de cada expediente para que estas resoluciones no sean fruto de la casualidad sino del criterio, el método y la experiencia”.