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  • El complemento de maternidad es una mejora económica de la pensión que ya disfrutan las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos que no se contemplaba para los hombres y que muchas sentencias consideraron discriminatorio.
  • A pesar de la existencia del nuevo Real Decreto-ley 3/2021 que cambió los requisitos y la forma de concebir este derecho, quienes se jubilasen en 2016 y hasta febrero de 2021 aún tienen derecho a reclamar el complemento de maternidad tal y como estaba concebido.
  • Cantalapiedra Asesores en León recomienda informarse sobre el caso particular para estudiar si se cumplen con los requisitos y recuerdan que “a pesar de que es un derecho que le corresponde al jubilado, la Seguridad Social no se lo reconocerá hasta que no lo reclame”.

¿Sabías que ya hay muchas sentencias favorables que reconocen a los padres jubilados un complemento en su pensión como el que tienen las mujeres por maternidad comúnmente llamado “Complemento de maternidad”? La polémica surgió cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a raíz de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, declaró que el plus de maternidad era discriminatorio, ya que se confería exclusivamente a mujeres que habían sido madres, pero no a hombres que cumplían las mismas condiciones.

Tras este dictamen, ya son muchas las sentencias en España que reconocen también este complemento en la pensión siempre y cuando se cumplan con unos requisitos. Sin embargo, el pasado mes de febrero de 2021 el sistema cambió a través del nuevo Real Decreto-ley 3/2021 que sustituye el complemento de maternidad por aportación demográfica por un complemento dirigido a la reducción de la brecha de género. No obstante, quienes se jubilasen en 2016 y hasta febrero de 2021 aún están en su derecho de reclamar el complemento de maternidad tal y cómo lo especificaba antes de la modificación de ley.

¿Qué es el complemento de maternidad para pensionistas hombres jubilados?

El complemento de maternidad es una mejora económica de la pensión que ya disfrutan las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos y que no se contemplaba para los hombres. Sin embargo, ya son muchas las sentencias que consideran esto discriminatorio y que dictan que los hombres también tienen derecho a reclamarlo como padres también de esos hijos y así cobrar ese plus de maternidad en su jubilación.

¿Quién puede solicitar el complemento de “maternidad” para su pensión?

  1. Quienes sean pensionistas desde el 1 de enero de 2016 hasta febrero de 2021.
  2. La pensión habrá de ser de viudedad, jubilación o incapacidad permanente (en cualquiera de sus grados: total, absoluta o gran invalidez).
  3. Quienes acrediten haber tenido dos o más hijos.

¿Cuánto se puede incrementar la pensión si reclamo el complemento de maternidad?

  1. Si has tenido dos hijos, un incremento del 5% en la cuantía de la pensión.
  2. Si has tenido tres hijos, un incremento del 10% en la cuantía de la pensión.
  3. Si has tenido cuatro o más hijos, un incremento del 15% en la cuantía de la pensión.

*Por ejemplo, en una pensión de 1200 euros podrías llegar a incrementar tu pensión hasta los 180 euros al mes, además de las cantidades no percibidas desde que se haya jubilado.

¿Cómo se puede reclamar el derecho del complemento de maternidad para la pensión si estoy jubilado?

“A pesar de que es un derecho que le corresponde al jubilado, la Seguridad Social no se lo reconocerá hasta que no lo reclame”, explican desde Cantalapiedra Asesores, abogacía y correduría de seguros en León. “Para ello es necesario contar con un despacho de abogados que haya estudiado la ley y los trámites a realizar; así como que cuente, sobre todo, con experiencia en su tramitación”,  finalizan desde el despacho.




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