JUC


Por Javier Martín García Decano Ilustre Colegio de la Abogacía de Valladolid

 

Comentaba a finales del año pasado, en el discurso de la fiesta del Colegio de Valladolid, e insistía en la carta del Decano incluida en la Revista de dicho Colegio, que “…vivimos en una era en la que la verdad compite con la narrativa; una época en la que no basta con que algo sea cierto; es más, ni siquiera es necesario que sea cierto; sino que basta con que sea contado de manera atractiva para que resulte creíble. Esta tensión entre ganar el relato y contar la verdad es uno de los grandes desafíos de nuestra sociedad y, por ende, de nuestra profesión. La disyuntiva es clara: optar por ganar el relato o preservar la verdad. Y nuestra respuesta define nuestra ética y nuestro legado”.

Traigo a colación estas palabras porque creo que cada día que pasa se reafirma, aún más si cabe, la convicción que tengo de que esto es así, y de que nos va a resulta complejo revertir esta situación, con el riesgo de dejar un legado de irrealidad, o de realidad ficticia, o un sistema en el que la ética no sea más que una palabra vacía de contenido.

Por ello, hay que luchar por preservar esa verdad, huyendo de debates repletos de lugares comunes y de argumentos que no son más que pura demagogia. Sí, es difícil, lo se. Y es aún más difícil cuando comprobamos que el acceso a los puestos de relevancia pública, a los cargos de responsabilidad política, es más rápido y sencillo para quienes saben imponer el relato que para quienes defienden la verdad. No podemos cejar en el empeño, no podemos permitir que se lleve al ostracismo más absoluto a la verdad, no podemos dejar un legado ajeno a la ética.

El Ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se comprometió públicamente a finales de 2024 _e incluso con anterioridad aunque no lo hiciera de forma pública_ a incluir en la agenda normativa de 2025 la redacción y aprobación de una nueva Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, compromiso que cumplió parcialmente.

Ahí quedó la cosa, en un compromiso de inclusión en la agenda al que dio cumplimiento, sin que a día de hoy tengamos un texto que poder analizar. Quedó ahí la realidad, pero no el relato. A finales de este año afirmó, también públicamente, que esa nueva Ley estaría aprobada y publicada a principios de 2026. Ya estamos en marzo, y seguimos sin conocer ni una sola letra de ese posible proyecto. Claro que habría que preguntarse hasta que fecha se considera principios de año.

Esto es solo un ejemplo de como el Ministerio efectúa manifestaciones públicas con las que pretender ganar el relato. Sin embargo, la realidad, como ya he adelantado, es que hasta la fecha no se ha facilitado a la abogacía ni siquiera un primer borrador de proyecto de Ley al que poder formular propuestas y mejoras.

Un proyecto que no debiera tener ningún problema para salir adelante, por cuanto que los representantes de justicia en el Parlamento y en el Senado de las cuatro principales fuerzas políticas _presentes primero en el IV Congreso de la Abogacía de Castilla y León celebrado en Burgos em marzo de 2022, y luego en el marco de las VIII Jornadas de Asistencia Jurídica Gratuita del CGAE, celebradas en Valladolid en abril de 2024_ coincidieron en las principales carencias de la actual regulación y en las líneas básicas que debían conformar la nueva Ley, todo ello en consonancia con las propuestas formuladas desde la abogacía.

Sobre el Estatuto de la Abogacia de Oficio

Otro relato por el que existe una pugna es por el denominado Estatuto del Abogado de Oficio. Insisten las asociaciones y plataformas de la abogacía en la aprobación de un Estatuto que recoja los derechos y obligaciones de los profesionales de la abogacía que prestamos los servicios de turno de oficio, incluyendo en el mismo una serie de derechos sociales y asistenciales de difícil, por no decir imposible, implementación, y que generan un trato desigual entre profesionales de la abogacía.

Un proyecto y una denominación con la que las asociaciones y plataformas pretenden ganar el relato de la legitimación para la defensa de la abogacía, en pugna con quien de hecho y de derecho ostenta dicha legitimación.

Una reivindicación y un debate, desde mi punto de vista, carente de sentido y que yerra en la concepción de la abogacía de oficio. Porque esta no es una categoría diferente ni especial dentro de la abogacía, sino un servicio que se presta a personas carentes de recursos económicos o en situación de especialidad vulnerabilidad, siendo la relación abogado-cliente la misma, con independencia de que éste sea de libre elección o designado de oficio.

Siendo ello así, estas relaciones están reguladas tanto en el Estatuto General de la Abogacía como en la Ley Orgánica del Derecho de Defensa, con algunas especialidades recogidas tanto en el Estatuto como en la propia Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Y esta deberá ser la línea a seguir en la nueva Ley, recoger alguna especialidad, pero sin perder la autonomía e independencia que permite la prestación de los servicios por profesionales liberales, con los derechos y obligaciones que conllevan el hecho de ser profesional de la abogacía.

Se quebraría el derecho a la igualdad en el acceso a la justicia que pretende la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, si hubiera un régimen diferente de prestación de sus servicios entre el abogado de libre elección y el abogado designado de oficio. En definitiva, los abogados de oficio somo abogados, sin más, o nada menos, que además prestamos un servicio a las personas más desfavorecidas o especialmente vulnerables, en la misma forma, aplicando la misma técnica, habilidades y conocimientos con que asumimos la defensa de los clientes de libre elección.

Una nueva  ley que se espera

Como ya decía al inicio, la apuesta por el relato o la verdad define nuestra ética y nuestro legado. Apostando por la verdad, toda la problemática generada por el actual régimen legal de la justicia gratuita se centra en tres cuestiones: [1] Una retribución por procedimiento y expediente acorde al coste del servicio prestado, y que incluya todos los procesos y procedimientos existentes; [2] que se abonen todos los trámites y procedimientos en que intervenga el profesional de oficio, al margen de la concesión o no del beneficio, así como la disponibilidad en todas las guardias y el coste de los desplazamientos precisos para la prestación de esos servicios; y [3] que los importes de todos los servicios se actualice anualmente y de forma automática con arreglo al incremento del coste de la vida.

Cualquier distracción hacia el relato, en detrimento de la verdad, que abone la polémica entre las diferentes asociaciones, plataformas o sectores de la abogacía, puede provocar una desunión que cristalice en la pérdida de fuerza en la exigencia de esos tres puntos imprescindibles de lograr tras 30 años de vigencia de una Ley que el paso del tiempo y los cambios sociales la han hecho obsoleta.

Se plantea con todo ello por el Ministerio la problemática de la sostenibilidad del sistema, algo que resulta contradictorio con la realidad de la inclusión bajo el paraguas del beneficio de personas consideradas vulnerables a las que se les concede la asistencia jurídica sin necesidad de acreditar recursos para litigar.

En definitiva, codiciamos que esta sea por fin una Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que no solo refuerce los derechos de la ciudadanía más vulnerable, sino, sobre todo, que garantice la compensación adecuada al esfuerzo que miles de abogadas y abogados realizan las 24 horas de los 365 días para prestar el servicio mejor valorado por los usuarios de la administración de justicia.